Sociedad de Transportes Monterico Limitada
Instrumento
- Fecha
- 28 de mayo de 2007
- Notario
- JOAQUIN TEJOS HENRIQUEZ
- Oficio
- Segunda Notaría de Chillán
- Comuna
- Chillán
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOAQUIN TEJOS HENRIQUEZ, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Chillán, con oficio en calle El Roble nº 620, certifico: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, LUIS EDUARDO SEPÚLVEDA SEPÚLVEDA, empresario, casado; OLGA SOLEDAD PALMA BREVIS, secretaria, casada; JAVIER EDUARDO SEPÚLVEDA PALMA, empresario, divorciado; NICOLE SOLEDAD SEPÚLVEDA PALMA, fonoaudióloga, soltera, y DIEGO IGNACIO SEPÚLVEDA PALMA, abogado, soltero, todos chilenos y domiciliados en calle Constitución N° 664, oficina 406, Chillán, modificaron “SOCIEDAD DE TRANSPORTES MONTERICO LIMITADA”, Rut. 76.887.100-0, constituida por los 3 primeros mediante escritura pública de fecha 28 de Mayo 2007 ante Notario de Chillán don Joaquín Tejos Henríquez, extracto inscrito a fojas 258 nº 279 Reg. Comercio 2007, Conservador Chillán, modificada por escritura pública ante el mismo Notario citado con fecha 21 de Marzo de 2011, inscrita en extracto a fojas 147 vta. nº 198 Registro Comercio año 2011 mismo Conservador. Capital inicial de $30.000.000. Modificaciones consisten: a) Socio Luis Eduardo Sepúlveda Sepúlveda titular del 20% de los derechos en la sociedad – quien se retira - vende, cede y transfiere a Olga Soledad Palma Brevis, Javier Eduardo Sepúlveda Palma, Nicole Soledad Sepúlveda Palma y Diego Ignacio Sepúlveda Palma 5% del haber social a cada uno, quienes pagan individualmente la suma de $1.666.500 al contado y en dinero efectivo; b) Quedan como únicos y actuales socios de “SOCIEDAD DE TRANSPORTES MONTERICO LIMITADA”: Olga Soledad Palma Brevis; Javier Eduardo Sepúlveda Palma, Nicole Soledad Sepúlveda Palma y Diego Ignacio Sepúlveda Palma con una participación del 25% para cada uno en el haber social; c) Administración, representación y uso de la razón social continuará radicada en socio saliente, don Luis Eduardo Sepúlveda Sepúlveda con facultades en cláusula quinta del pacto constitutivo; d) Actuales socios modifican cláusula décimo séptima del pacto social otorgando mandato a socio Diego Ignacio Sepúlveda Palma para rectificar y salvar cualquier error de referencia, de número o cualquier otro error similaro análogo que exista en la presente modificación y cualquier escritura pública necesario a fin de inscribir en el Registro correspondiente. En lo no modificado, rige escritura de constitución y sus modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Chillán, 23 de Enero 2020.