Instrumento
- Notario
- ALVARO GONZALO MERA CORREA
- Domicilio
- para las comunas de Constitución y Empedrado en mi Oficio de calle O’Higgins 499-A de esta ciudad certifica: por escritura de fecha 7 de febrero del 2020
Sociedad
- Capital
- $300.000.000 CLP
- Domicilio
- Constitución
- Duración
- Tendrá una duración de 10 años, prorrogable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 10 años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al termino del respectivo periodo
Objeto social
Ferretería, Inversiones, administración de Pub, restaurant, Servicio de Banqueteria y eventos masivos, servicio de administración de personas, obras menores en construcción (contratistas, albañiles, carpinteros), preparación del terreno, excavaciones y movimientos de tierras, mantención y montaje industrial, electricidad, venta o compraventa al por menor de vehículos automotores nuevos o usados; excepto motocicletas, asesores y consultores en informática (software), empresas de servicios integrales de informática, creación, administración, empresas de publicidad, compra, venta y)o Arrendamientos de residenciales, hostales, hoteles o cualquier otro tipo de hospedajes temporales, tales como camping, refugios, posadas, de locales comerciales, cualquiera sea su rubro, la compra y venta de vehículos, arriendo de los mismos, con o sin chofer, asistencia de turistas, agencia y organización de viajes, Organización de todo tipo de eventos deportivos y en general cualquier negocio relativo a estos objetos, la representación de firmas o marcas nacionales o extranjeras, inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles propios, la compra o venta de dichos bienes, su arriendo, administración o cualquier otra forma de explotación; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; por cuenta propia; así como la inversión en valores, bonos, acciones o cualesquiera títulos transables, en general cualquier objeto que la junta de accionistas acuerde
Administración
Se nombra como administrador de la sociedad de acuerdo a lo dispuesto a la ley que la rigüe y para que actúe en los términos señalados en el TÍTULO TERCERO ARTÍCULO NOVENO de estos estatutos a Don LUIS OSVALDO OYARCE FARIAS ya individualizado, quien, anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el ARTÍCULO NOVENO de los estatutos. Se establece en este acto, que, por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALO MERA CORREA, abogado y Notario Público Titular para las comunas de Constitución y Empedrado en mi Oficio de calle O’Higgins 499-A de esta ciudad certifica: por escritura de fecha 7 de febrero del 2020, ante doña NANCY DEL CARMEN MUÑOZ MIÑO, Notario Suplente del suscrito, don LUIS OSVALDO OYARCE FARÌAS y doña YENNY DEL PILAR VALDÈS RODRÍGUEZ, ambos casados entre sí y separados totalmente de bienes; don LUIS ALEJANDRO OYARCE VALDÈS y doña MAGDALENA IGNACIA OYARCE VALDES, esta última por sí y como menor adulta representada por sus padres los también socios don LUIS OSVALDO OYARCE FARÌAS y doña YENNY DEL PILAR VALDÈS RODRÍGUEZ, todos domiciliados en Av. Enrique Donn 779 de Constitución y doña JOSEFA PILAR OYARCE VALDÈS, domiciliada en Homs 6920, Las Condes, Santiago, constituyen una sociedad por acciones, la que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos, que a continuación se transcriben, por las disposiciones de la ley número veinte mil ciento noventa, sobre mercado de capitales y dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil. Nombre: Sociedad de Inversiones Los Lingues SpA. Objeto: Ferretería, Inversiones, administración de Pub, restaurant, Servicio de Banqueteria y eventos masivos, servicio de administración de personas, obras menores en construcción (contratistas, albañiles, carpinteros), preparación del terreno, excavaciones y movimientos de tierras, mantención y montaje industrial, electricidad, venta o compraventa al por menor de vehículos automotores nuevos o usados; excepto motocicletas, asesores y consultores en informática (software), empresas de servicios integrales de informática, creación, administración, empresas de publicidad, compra, venta y/o Arrendamientos de residenciales, hostales, hoteles o cualquier otro tipo de hospedajes temporales, tales como camping, refugios, posadas, de locales comerciales, cualquiera sea su rubro, la compra y venta de vehículos, arriendo de los mismos, con o sin chofer, asistencia de turistas, agencia y organización de viajes, Organización de todo tipo de eventos deportivos y en general cualquier negocio relativo a estos objetos, la representación de firmas o marcas nacionales o extranjeras, inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles propios, la compra o venta de dichos bienes, su arriendo, administración o cualquier otra forma de explotación; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; por cuenta propia; así como la inversión en valores, bonos, acciones o cualesquiera títulos transables, en general cualquier objeto que la junta de accionistas acuerde.- Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Constitución, sin perjuicio de las sucursales o agencias que los socios acuerden establecer en otros lugares del país o del extranjero. Duración: Tendrá una duración de 10 años, prorrogable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 10 años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al termino del respectivo periodo. Capital: $300.000.000.- (trescientos millones de pesos) dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión. El capital se enteró de acuerdo a lo indicado en la escritura social en su TÍTULO SEGUNDO ARTICULO CUARTO.-Administración: Se nombra como administrador de la sociedad de acuerdo a lo dispuesto a la ley que la rigüe y para que actúe en los términos señalados en el TÍTULO TERCERO ARTÍCULO NOVENO de estos estatutos a Don LUIS OSVALDO OYARCE FARIAS ya individualizado, quien, anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el ARTÍCULO NOVENO de los estatutos. Se establece en este acto, que, por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto. Demás estipulaciones escritura extractada. Constitución, 10 de febrero del 2020.-