Instrumento
- Fecha
- 6 de febrero de 2020
- Notario
- GONZALO HURTADO MORALES
- Oficio
- Primera Notaría de Las Condes
- Comuna
- Las
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad ya sea por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros será: a) el transporte de toda clase de bienes, especies, mercaderías, ya sea en vehículos propios o ajenos; b) la prestación de toda clase de servicios relacionados con la entrega de vehículos motorizados de cualquier clase; c) la adquisición, arrendamiento con o sin opción de compra de toda clase de vehículos motorizados y de equipos relacionados a estos; d) la compra y venta de repuestos e insumos de vehículos motorizados; d) la reparación de vehículos motorizados; f) Para el cumplimiento de sus objetivos la sociedad puede negociar, consentir, suscribir y ejecutar toda clase de actos y contratos que digan relación con ellos. Los contratos que la sociedad celebre podrán ser con contraparte de cualquier especie, bien sean compañías, tales como sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, Joint-Ventures, pudiendo ser todas ellas, públicas, privadas, semi-públicas, fiscales y semi-fiscales
Administración
administración sociedad la realizaran RICARDO CARLOS TOMÁS PANTOJA FRANCO Y RODRIGO FRANCISCO JAIME URRUTIA PANTOJA de manera individual e indistinta
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO HURTADO MORALES, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Las Condes, Avenida Apoquindo, 4943, certifica: que por escritura pública de fecha 6 Febrero 2020, otorgada ante mí, RICARDO CARLOS TOMÁS PANTOJA FRANCO, chileno, casado, Ingeniero Eléctrico, CI N°6.552.592-4, domiciliado para estos efectos en Avenida La Dehesa 1201, oficina 213, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituye una sociedad por acciones. Nombre: “NEWLOGISTIK SpA”. Objeto: El objeto de la Sociedad ya sea por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros será: a) el transporte de toda clase de bienes, especies, mercaderías, ya sea en vehículos propios o ajenos; b) la prestación de toda clase de servicios relacionados con la entrega de vehículos motorizados de cualquier clase; c) la adquisición, arrendamiento con o sin opción de compra de toda clase de vehículos motorizados y de equipos relacionados a estos; d) la compra y venta de repuestos e insumos de vehículos motorizados; d) la reparación de vehículos motorizados; f) Para el cumplimiento de sus objetivos la sociedad puede negociar, consentir, suscribir y ejecutar toda clase de actos y contratos que digan relación con ellos. Los contratos que la sociedad celebre podrán ser con contraparte de cualquier especie, bien sean compañías, tales como sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, Joint-Ventures, pudiendo ser todas ellas, públicas, privadas, semi-públicas, fiscales y semi-fiscales.- Capital: $2.000.000.- divididos en 2.000 acciones, nominativas, de iguales características y sin valor nominal, suscrito y pagaderos de la siguiente forma: Ricardo Carlos Tomás Pantoja Franco suscribió 2.000 acciones en acto de constitución obligándose a pagarlas en el plazo de 1 año contado desde fecha escritura.- Administración: administración sociedad la realizaran RICARDO CARLOS TOMÁS PANTOJA FRANCO Y RODRIGO FRANCISCO JAIME URRUTIA PANTOJA de manera individual e indistinta. Demás estipulaciones constan en instrumento extractado.