MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MUEBLES PRO DISEÑO LIMITADA

RUT 76571950-K CVE 1725517
Fecha instrumento
27 de diciembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de diciembre de 2019
Comuna
Santiago

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
MUEBLES PRO DISEÑO LIMITADA socio 76571950-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RENE BENAVENTE CASH, abogado, Notario Titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 979, piso 7, comuna y ciudad de Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 27 de diciembre de 2019, repertorio número 61.611-2019, ante mí suplente Joaquín Labbé Donoso, FRANCISCO GUZMÁN ALDUNATE, C.I.: 10.243.414-5, domiciliado en Avenida Caminos Los Trapenses Nº 4860, casa 11, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, HERNÁN EYZAGUIRRE FERNÁNDEZ, C.I.: 9.843.534-4, domiciliado en calle Santa Filomena, parcela 27, loteo 3A-4, Condominio Las Pircas, comuna de Colina, ciudad de Santiago y DANIELA RAMÍREZ CANALES, C.I. Nº 14.375.888-5, domiciliada en calle Marbella Poniente Nº 203, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago; en sus calidades de actuales y únicos socios modificaron la sociedad MUEBLES PRO DISEÑO LIMITADA, RUT N° 76.571.950-K, constituida por escritura pública de 20 de junio de 2006, otorgada en la Notaría de Santiago de Raúl Undurraga Lazo, inscrita a fojas 24.618, Nº 17.137 del Registro de Comercio de Santiago del año 2006. Las modificaciones consisten: Uno. Habida consideración que la sociedad no ha sido liquidada, se repactó la vigencia de la sociedad modificando el artículo cuarto de los estatutos correspondiente a la duración de la sociedad: La sociedad durará hasta el día 31 de diciembre de 2025, plazo de vigencia que se renovará a partir de esa fecha de forma tácita, automática y sucesiva por periodos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad con un anticipación de a lo menos 6 meses al vencimiento del plazo o de una cualquiera de sus renovaciones. Dos. Cesión de derechos. Hernán Eyzaguirre Fernández vende, cede y transfiere a Francisco Aldunate el total de sus derechos en la sociedad correspondientes al 25%, en los términos indicados en la escritura extractada. A consecuencia de lo anterior, la sociedad queda conformada única y exclusivamente por sus socios Francisco Guzmán Aldunate con una participación del 85% de los derechos sociales y Daniela Ramírez Canales con una participación del 15% de los derechos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 06 de Febrero de 2020. R. Benavente C. N.P.