INVERSIONES SURAMERICANA CHILE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de enero de 2020
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Titular de la 43° Notaría Santiago, con oficio calle Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 20 de enero de 2020, ante mí, Suramericana S.A., representada por don Augusto Bermúdez Hoppe, Chilean Holding Suramericana SpA, representada por don Sebastian Dabini, y Seguros Generales Suramericana S.A., representada por Augusto Bermúdez Hoppe, todos domiciliados en Avenida Providencia 1760, piso 4, comuna de Providencia, Santiago, modificaron sociedad “INVERSIONES SURAMERICANA CHILE LIMITADA”, en adelante la “Sociedad”, inscrita a fojas 79.170 Nº 55.050 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2012. Se acordó el aumento del capital social modificando la cláusula cuarta de la escritura de constitución de la sociedad, la que debe ser reemplazada por la que sigue: “ARTÍCULO CUARTO: Capital. El capital de la sociedad es la suma de dieciséis mil cuatrocientos setenta y cuatro millones doscientos treinta y un mil cuatrocientos treinta y seis pesos, que los socios aportan de la siguiente forma: a) Chilean Holding Suramericana SpA, la suma de ocho mil cuatrocientos setenta y tres millones quinientos noventa y cuatro mil trece pesos, equivalente al cincuenta y uno coma cuatro tres cinco por ciento del total del interés social, íntegramente pagados y enterados a la caja social; b) Suramericana S.A., la suma de seiscientos treinta y siete mil cuatrocientos veintitrés pesos, equivalente al cero coma cero cero cuatro por ciento del total del interés social, íntegramente pagados y enterados a la caja social; y c) Seguros Generales Suramericana S.A., la suma de tres mil millones de pesos, equivalentes al cuarenta y ocho coma cinco seis uno por ciento del total de interés social, que entera íntegramente en este acto, en dinero efectivo, y que ha sido recibida a satisfacción por la sociedad.”. En todo lo no modificado, continúan vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de enero de 2020.-