MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES LAS CALAS LIMITADA

RUT 76459686-2 CVE 1725056
Capital
$235.216 CLP
Fecha instrumento
19 de diciembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
19 de diciembre de 2019
Repertorio
24601
Notario
MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
Oficio
21 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$235.216 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público titular 21 Notaría Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica: Por escritura pública ante la Notario Suplente de esta Notaría, María Luisa Vera Jeraldo, de fecha 19 de diciembre de 2019, Repertorio N° 24.601, Paz Fuenzalida Giacaman, Rodrigo Ignacio Márquez Fuenzalida, Rodrigo; Ignacio Márquez Correa; Paz Márquez Fuenzalida, Matías Márquez Fuenzalida, y José Tomás Márquez Fuenzalida, todos domiciliados Espoz 2850, Vitacura; modificaron sociedad “INVERSIONES LAS CALAS LIMITADA”, inscrita a fojas 42, número 28 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talagante año 2015, siguiente sentido Incorporación de nuevos socios: Rodrigo Ignacio Márquez Correa, Paz Márquez Fuenzalida, Matías Márquez Fuenzalida, y José Tomás Márquez Fuenzalida; Aumento de capital, queda como sigue: Capital $588.040 repartido de la siguiente manera: Paz Fuenzalida Giacaman, $235.216, que corresponde al 40%; Rodrigo Ignacio Márquez Fuenzalida, $29.402, que corresponde al 5%; Rodrigo Ignacio Márquez Correa, $235.216, que corresponde 40%; Paz Márquez Fuenzalida, $29.402, que corresponde al 5%; Matías Márquez Fuenzalida, ).402, que corresponde al 5% y José Tomas Márquez Fuenzalida, $29.402, que corresponde al 5%. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes; Administración, Administración de la compañía y uso de la razón social corresponderá a Paz Fuenzalida Giacaman y a Rodrigo Ignacio Márquez Correa quienes actuando separada e indistintamente representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes; En lo no modificado se mantienen íntegramente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones y facultades de los administradores, escritura extractada.