TRANSPORTES DON JAVIER Y FAMILIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de febrero de 2020
- Notario
- FÉLIX JARA CADOT
- Oficio
- 41 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Temuco
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será el transporte de carga de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios o de terceros, así como todas las actividades económicas relacionadas con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase
Administración
La Sociedad será administrada y representada por uno o más Administradores elegidos por la Junta de Accionistas, pudiendo el o los Administradores ser o no
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFÉLIX JARA CADOT, Notario Público Titular, 41 Notaría de Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, certifico: ROLANDO JAVIER MELO QUINTANA, Camino Niagara ex Fundo Cautín, lote 7, Parcela 2, Comuna de Padre Las Casas, Región de la Araucanía; PAULA SÁEZ CASTILLO, Las Encinas 3115, Comuna de Temuco, Región de la Araucanía; SERGIO MELO MALIG, Dublé Almeyda 2020, departamento 506, Comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; y NICOLÁS JAVIER MELO MALIG, La Cosecha 1160, Las Brisas de Chicureo, Comuna de Colina, Región Metropolitana; acordaron modificar “TRANSPORTES DON JAVIER Y FAMILIA LIMITADA”, RUT N° 76.400.526-0, inscrita fs. 2171, N° 1590 del Reg istro Comercio Conservador de Bienes Raíces de Temuco año 2014, en el siguiente sentido: A) Cesiones de derechos. (I) don SERGIO MELO MALIG, con expresa autorización de otros socios, vende, cede y transfiere el 10% del total de derechos sociales a don ROLANDO JAVIER MELO QUINTANA, quien los compra, acepta y adquiere para sí. Precio y forma de pago detallado en escritura extractada (II) don NICOLÁS JAVIER MELO MALIG, con expresa autorización de otros socios, vende, cede y transfiere el 10% del total de derechos sociales a don ROLANDO JAVIER MELO QUINTANA, quien los compra, acepta y adquiere para sí. Precio y forma de pago detallado en escritura extractada. En virtud de cesión, SERGIO MELO MALIG y NICOLÁS JAVIER MELO MALIG se retiran de la Sociedad. B) Modificación social por cesión. Como consecuencia de cesión, socios acuerdan sustituir artículo quinto de estatutos relativo al capital social por: -.“QUINTO: El capital de la sociedad asciende a la cantidad de $10.000.000, que los socios se obligan a aportar de la siguiente forma: A) ROLANDO JAVIER MELO QUINTANA, aportó la suma de $9.000.000, equivalentes al 90% del capital social; B) PAULA SÁEZ CASTILLO, aportó la suma de $1.000.000, equivalentes al 10% del capital social. Las sumas mencionadas se encuentran plenamente pagadas e ingresadas a las arcas sociales con anterioridad a esta fecha.”.- C) Únicos Socios ROLANDO JAVIER MELO QUINTANA y PAULA SÁEZ CASTILLO acuerdan transformar la sociedad en una sociedad por acciones. ACCIONISTAS: don ROLANDO JAVIER MELO QUINTANA y doña PAULA SÁEZ CASTILLO. NOMBRE: El nombre será “TRANSPORTES DON JAVIER SpA”. DOMICILIO: Temuco, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. DURACIÓN: Indefinida, sin perjuicio de su disolución en los casos que la Ley y estatutos establecen. OBJETO: El objeto de la sociedad será el transporte de carga de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios o de terceros, así como todas las actividades económicas relacionadas con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase. ADMINISTRACIÓN: La Sociedad será administrada y representada por uno o más Administradores elegidos por la Junta de Accionistas, pudiendo el o los Administradores ser o no accionistas. CAPITAL: El capital de la sociedad asciende a la cantidad de $10.000.000, el cual estará dividido en 10.000 acciones, nominativas y sin valor nominal, las cuales serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. La totalidad de las acciones antes señaladas se suscriben y pagan de la siguiente forma: A) don ROLANDO JAVIER MELO QUINTANA, suscribió y pagó 9.000 acciones en la suma de $9.000.000; B) doña PAULA SÁEZ CASTILLO, suscribió y pagó 1.000 acciones en la suma de $1.000.000. Las sumas mencionadas se encuentran plenamente pagadas e ingresadas a las arcas sociales con anterioridad a esta fecha. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 7 febrero 2020.