MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

INMOBILIARIA CHACABUCO 400 S.A.

RUT 76128987-K CVE 1725049
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
6 de febrero de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
6 de febrero de 2020
Notario
FÉLIX JARA CADOT
Oficio
41 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Duración
Indefinida
Ley aplicable
Ley 18.046

Objeto social

El objeto de la Sociedad es: A) La inversión, a cualquier título, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, incluyendo cualquier clase de valores mobiliarios, establecimientos de comercio, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y personas jurídicas de todo tipo, y demás bienes incorporales muebles, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener un mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión. B) Actividades inmobiliarias, tales como la adquisición de toda clase de bienes raíces a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios en general, incluyendo asesorías, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias. C) La ejecución de trabajos, obras, o servicios vinculados directa o indirectamente a la construcción, movimiento de tierras y a cualquier clase de obras de ingeniería y arquitectura, como contratista o subcontratista. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas

Administración

La administración de la Sociedad, el uso de la razón social y su representación corresponderá al o los administradores que se designen por escritura pública por los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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FÉLIX JARA CADOT, Notario Público, Titular 41 Notaría de Santiago, Huérfanos Nº 1160, subsuelo, Santiago, certifica que: Por escritura pública hoy ante mí, se redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas fecha 6 de febrero de 2020, de INMOBILIARIA CHACABUCO 400 S.A., RUT N° 76 .128.987-K, inscrita a Fojas: 125, N° 106, Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Penco, año 2010, en donde accionistas LATINCAPITAL & CO. SpA, Inmobiliaria e Inversiones Saturno Limitada, e Inmobiliaria e Inversiones Júpiter SpA por unanimidad, acordaron transformar la sociedad a una Sociedad por Acciones regida por las disposiciones del párrafo 8° , del Título VII, del Libro II, artículos 424 y siguientes del Código de Comercio y supletoriamente por las disposiciones de la Ley 18.046 aplicables a las sociedades anónimas cerradas, y especialmente por los siguientes estatutos: ACCIONISTAS: LATINCAPITAL & CO. SpA, Inmobiliaria e Inversiones Saturno Limitada e Inmobiliaria e Inversiones Júpiter SpA (antes Turismo Naútico Lago Rapel SpA). NOMBRE: INMOBILIARIA CHACABUCO 400 SpA, pudiendo también usar como nombre de fantasía, para efectos de publicidad, propaganda u operaciones de banco, la expresión: INMOBILIARIA CHACABUCO 400. OBJETO: El objeto de la Sociedad es: A) La inversión, a cualquier título, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, incluyendo cualquier clase de valores mobiliarios, establecimientos de comercio, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y personas jurídicas de todo tipo, y demás bienes incorporales muebles, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener un mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión. B) Actividades inmobiliarias, tales como la adquisición de toda clase de bienes raíces a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios en general, incluyendo asesorías, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias. C) La ejecución de trabajos, obras, o servicios vinculados directa o indirectamente a la construcción, movimiento de tierras y a cualquier clase de obras de ingeniería y arquitectura, como contratista o subcontratista. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas. DURACIÓN: Indefinida, sin perjuicio de su disolución en los casos que disponga la Ley y que estos estatutos establecen. CAPITAL: $10.000.000.-, divididos en 1.000.- acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado. ADMINISTRACIÓN: La administración de la Sociedad, el uso de la razón social y su representación corresponderá al o los administradores que se designen por escritura pública por los accionistas. En dicha escritura en artículo transitorio, se designó a don Roberto Claudio Game Valdés, pudiendo actuar individualmente ejerciendo todas las facultades contempladas en la cláusula octava de los estatutos de la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 6 febrero 2020.