MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS DE INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA

RUT 76275979-9 CVE 1724826
Capital
$6.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de febrero de 2020
Notaría
Pública de Santiago

Instrumento

Fecha
3 de febrero de 2020
Notario
JULIO ABUYERES JADUE
Domicilio
Quillota
Comuna
Pública de Santiago

Sociedad

Capital
$6.000.000 CLP

Administración

quedando ésta de la siguiente manera: “QUINTO:

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JULIO ABUYERES JADUE, abogado, Notario Público Titular de Quillota, oficio Pudeto Nº 398. CERTIFICO: Por escritura pública ante mí, de fecha 03 de Febrero de 2020, don RODRIGO EDUARDO UNDURRAGA GONZÁLEZ, domiciliado en Alberdi número mil doscientos seis, casa siete, Condominio Caburga, ciudad y comuna de Quillota; don JORGE ANDRÉS UNDURRAGA GONZÁLEZ, domiciliado en calle Alberdi número dos mil tres, oficina uno, ciudad y comuna de Quillota; y don VÍCTOR IGOR CARVAJAL ARAVENA, domiciliado en calle Veintiuno de Mayo número mil noventa y ocho, casa treinta y cuatro, ciudad y comuna de Quillota; modificaron sociedad “SERVICIOS DE INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA”, también conocida con el nombre de “SEICO LTDA.”, Rut Nº76.275.979-9.-, constituida por escritura pública de fecha 14 de junio de 2013, en la Notaria Pública de Santiago, de don Sergio Carmona Barrales, inscrita a fojas 46572 N°31054, en el Registro de Comercio del año 2015, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, publicada en extracto, edición número cuarenta mil quinientos ochenta y nueve del Diario Oficial de fecha veinte de junio de dos mil trece.- Modificaciones consisten: Uno) Cesión de Derechos Sociales: A) don RODRIGO EDUARDO UNDURRAGA GONZÁLEZ, vende, cede y transfiere a don JORGE ANDRÉS UNDURRAGA GONZÁLEZ, derechos ascendentes a un dieciséis coma sesenta y siete por ciento (16,67%) de la totalidad de sus derechos sociales en la sociedad SERVICIOS DE INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA, quien lo compra y acepta para sí, en la suma de ocho millones trescientos treinta y cinco mil ochocientos treinta cuatro pesos, ($8.335.834.-), cantidad que el cesionario paga y pagará en la forma descrita en la escritura que se extracta. B) don RODRIGO EDUARDO UNDURRAGA GONZÁLEZ, vende, cede y transfiere a don VÍCTOR IGOR CARVAJAL ARAVENA, derechos ascendentes a un dieciséis coma sesenta y seis por ciento (16,66%) del total de sus derechos en la sociedad SERVICIOS DE INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA, quien lo compra y acepta para sí, en la suma de ocho millones trescientos treinta mil ochocientos treinta y tres pesos, ($8.330.833.-), cantidad que el cesionario paga y pagará en la forma descrita en la escritura que se extracta. Dos) Modifican cláusula Quinto, referente a la administración: quedando ésta de la siguiente manera: “QUINTO: Administración.- La administración de la sociedad, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la misma, corresponderá a ambos socios en forma conjunta, separada e indistintamente, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, las cuales se encuentran contenidas en la escritura que se extracta. Dos) Modifican cláusula Octavo referente al reparto de utilidades: quedando de la siguiente forma: “OCTAVO: Utilidades y pérdidas.- Las utilidades y pérdidas se distribuirán entre los socios a prorrata de sus aportes, estos es, cincuenta por ciento cada uno de ellos”. En lo no modificado los socios ratifican íntegramente la sociedad aludida.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Capital: $6.000.000.- Quillota, 07 de febrero de 2020.