TRANSPORTE DE PASAJEROS VIA COLECTIVOS, TRANSPORTE Y CARGA GALLO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de enero de 2020
- Repertorio
- 181-2020
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.100.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Buin
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Será el transporte de pasajeros vía colectivos, y el transporte y carga; y, en general, la realización y celebración de toda clase de actos y contratos necesarios para el desarrollo del objeto social, y cualquiera otra actividad o negocios que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Enrique Tavolari Oliveros, Notario Titular de la XXII Notaría Santiago, con Oficio en Don Carlos 2889, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 09 de Enero de 2020, ante mí, Repertorio N° 181-2020: ANDRES GALLO POBLETE, cédula de identidad N° 9.047.302-6, y MANUEL GALLO DA COSTA, cédula de identidad N° 4.774.813-5, ambos domiciliados en calle Aníbal Pinto N° 180, Comuna de Buin; constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada. RAZON SOCIAL: "TRANSPORTE DE PASAJEROS VIA COLECTIVOS, TRANSPORTE Y CARGA GALLO LIMITADA”, nombre fantasía “GYG LTDA”. DOMICILIO : Ciudad de Buin sin perjuicio de agencias o sucursales en otros lugares del pais o extranjero. OBJETO: Será el transporte de pasajeros vía colectivos, y el transporte y carga; y, en general, la realización y celebración de toda clase de actos y contratos necesarios para el desarrollo del objeto social, y cualquiera otra actividad o negocios que acuerden los socios. ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO RAZÓN SOCIAL: Correspoderá a los socios Andrés Gallo Poblete y Manuel Gallo Da Costa, en la forma y con facultades señaladas en escritura extractada. CAPITAL: La suma de $1.100.000, pagado en dinero efectivo, ingresado en caja social, de la siguiente manera: a) Manuel Gallo Da Costa, $979.000; equivalentes al 89% de participación; b) Andrés Gallo Poblete, $121.000, equivalente al 11% de participación. RESPONSABILIDAD DE SOCIOS: Limitada monto aportes. DURACION: Indefinida contar de fecha de escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Santiago, 14 de Enero de 2020.-