NON STOP REAL ESTATE SpA
Instrumento
- Fecha
- 12 de diciembre de 2019
- Notario
- MARGARITA MORENO ZAMORANO
- Oficio
- 27° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $14.738.516 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARGARITA MORENO ZAMORANO, Abogado, Notario Público Interino de la 27° Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N°0153, comuna de Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 12 de diciembre de 2019, ante mí, don TOMÁS ARIEL BERCOVICH CIBIÉ y don ÁLVARO ANDRÉS WALDMAN REINBERG, ambos por sí, en su calidad de empresario individual y en representación de NON STOP CAPITAL SpA y ésta, a su vez, en calidad de única y actual accionista de NON STOP REAL ESTATE SpA, quienes acordaron: A) AUMENTO DE CAPITAL Y MODIFICACIÓN DE ESTATUTO SOCIAL DE NON STOP CAPITAL SpA, sociedad inscrita a fojas 57.726, número 29.689 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2018, en el siguiente sentido: NON STOP CAPITAL SpA aumenta su capital de la suma de $14.738.516, dividido en 2.000 acciones ordinarias, de una única serie y sin valor nominal, completamente suscrito y pagado, a la suma de $226.738.516, dividido en 30.768 acciones ordinarias, de una única serie y sin valor nominal, lo que implica un aumento de capital efectivo ascendente a la suma de $212.000.000, mediante la emisión de 28.768 acciones nominativas y sin valor nominal, a un valor de 7.369 cada una. En consecuencia, acuerdan reemplazar el Artículo Quinto Permanente y el Artículo Primero Transitorio del Estatuto Social por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de doscientos veintiséis millones setecientos treinta y ocho mil quinientos dieciséis pesos, dividido en treinta mil setecientos sesenta y ocho acciones ordinarias, de una única serie y sin valor nominal. El capital de la Sociedad se suscribe y paga de la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de estos Estatutos.” y “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de doscientos veintiséis millones setecientos treinta y ocho mil quinientos dieciséis pesos, dividido en treinta mil setecientos sesenta y ocho acciones ordinarias, de una única serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga de la siguiente forma: a) don ÁLVARO ANDRÉS WALDMAN REINBERG, suscribe un total de quince mil trescientas ochenta y cuatro acciones, encontrándose trece mil cuatrocientos cuarenta y ocho acciones completamente pagadas y quedando por pagar mil novecientas treinta y seis acciones en el plazo de cinco años en la medida que las necesidades sociales lo exijan; y b) don TOMÁS ARIEL BERCOVICH CIBIÉ, suscribe un total de suscribe un total de quince mil trescientas ochenta y cuatro acciones, completamente pagadas.”. B) AUMENTO DE CAPITAL Y MODIFICIÓN DE ESTATUTO SOCIAL DE NON STOP REAL ESTATE SpA, sociedad inscrita a fojas 57.631, número 29.637 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2018, en el siguiente sentido: NON STOP REAL ESTATE SpA aumenta su capital de la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, de una única serie y sin valor nominal, completamente suscrito y pagado, a la suma de $244.100.000, dividido en 244.100 ordinarias, de una única serie y sin valor nominal, lo que implica un aumento de capital efectivo ascendente a la suma de $243.100.000, mediante la emisión de 243.100 acciones nominativas y sin valor nominal, a un valor de $1.000 cada una. En consecuencia, acuerdan reemplazar el Artículo Quinto Permanente y el Artículo Primero Transitorio del Estatuto Social por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la suma de doscientos cuarenta y cuatro millones cien mil pesos, dividido en doscientos cuarenta y cuatro mil cien acciones ordinarias, de una única serie y sin valor nominal. El capital de la Sociedad se suscribe y paga de la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de estos Estatutos.” y “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad es la suma de doscientos cuarenta y cuatro millones cien mil pesos, dividido en doscientos cuarenta y cuatro mil cien acciones ordinarias, de una única serie y sin valor nominal, que NON STOP CAPITAL SpA completamente suscritas y pagadas.”. C) FUSIÓN DE NON STOP CAPITAL SpA EN NON STOP REAL ESTATE SpA. don TOMÁS ARIEL BERCOVICH CIBIÉ y don ÁLVARO ANDRÉS WALDMAN REINBERG, ambos previamente individualizados, en sus calidades de empresarios individuales, únicos y actuales accionistas y representantes legales de NON STOP CAPITAL SpA, previamente individualizada y ésta, a su vez, en calidad de única y actual accionista de NON STOP REAL ESTATE SpA, también previamente individualizada, acuerdan fusionar ambas sociedades mediante la absorción que NON STOP REAL ESTATE SpA hará de NON STOP CAPITAL SpA, incorporándose a la primera la totalidad del patrimonio y accionistas de la segunda, todo ello con efecto a partir de esta fecha, de conformidad a los términos estipulados en la escritura extractada. Como consecuencia de la fusión en el capital social, los accionistas acuerdan modificar el Artículo Quinto y Primero Transitorio del Estatuto Social de NON STOP REAL ESTATE SpA, reemplazándolas por las siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de doscientos veintiséis millones setecientos treinta y ocho mil quinientos dieciséis pesos, dividido en treinta mil setecientos sesenta y ocho acciones ordinarias, de una única serie y sin valor nominal. El capital de la Sociedad se suscribe y paga de la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de estos Estatutos”; y “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de doscientos veintiséis millones setecientos treinta y ocho mil quinientos dieciséis pesos, dividido en treinta mil setecientos sesenta y ocho acciones ordinarias, de una única serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga de la siguiente forma: a) don ÁLVARO ANDRÉS WALDMAN REINBERG, en su calidad de empresario individual, suscribe un total de quince mil trescientas ochenta y cuatro acciones, encontrándose trece mil cuatrocientos cuarenta y ocho acciones completamente pagadas y quedando por pagar mil novecientas treinta y seis acciones, en el plazo de cinco años, en la medida que las necesidades sociales lo exijan; y b) don TOMÁS ARIEL BERCOVICH CIBIÉ, en su calidad de empresario individual, suscribe un total de suscribe un total de quince mil trescientas ochenta y cuatro acciones, completamente pagadas.” Demás estipulaciones constan escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 12 de diciembre de 2019.