CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES, CONSTRUCCION Y TRANSPORTES NIVALDO PATRICIO GARCÍA MARQUEZ EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

RUT 14567000-4 CVE 1724207
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de enero de 2020

Instrumento

Fecha
30 de enero de 2020
Notario
FERNANDO COLOMA AMARO Abogado
Domicilio
las comunas de San Javier y Villa Alegre

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FERNANDO COLOMA AMARO Abogado, Notario Público Titular de las comunas de San Javier y Villa Alegre, domiciliado en su oficio de calle Sargento Aldea 2625 San Javier, certifica. Por Escritura Pública otorgada con fecha 30 de enero de 2020, ante mí Don NIVALDO PATRICIO ALEJANDRO GARCÍA MARQUEZ, chileno, 44 años de edad, Divorciado, Empresario, Cédula Nacional de Identidad número 14.567.000-4, domiciliado en Calle Tacna Número mil ciento cuarenta y seis de la ciudad de San Javier, constituyó una empresa individual de responsabilidad limitada, de carácter comercial. Dicha empresa individual se regirá por el presente contrato y en su silencio por las reglas de la Ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve y por las normas que prescribe el Código de Comercio y Código Civil, sobre la materia, cuya razón social será “INVERSIONES, CONSTRUCCION Y TRANSPORTES NIVALDO PATRICIO GARCÍA MARQUEZ EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”. No obstante, podrá actuar la empresa, para todos los efectos legales, incluso Bancarios y Financieros, con la voz “EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” abreviada, esto es, ““INVERSIONES, CONSTRUCCION Y TRANSPORTES NIVALDO GARCÍA MARQUEZ E.I.R.L.” Asimismo para los efectos referidos, podrá usar como nombre de fantasía el de “INVERSIONES & CONTRUCCIONES GARCIA MARQUEZ E.I.R.L.”. El uso de la abreviación y sigla referida obligará a la Empresa de misma manera que la razón social. El domicilio social será la ciudad de San Javier, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieran abrirse en el país. Objeto de la empresa individual Uno. Uno. Inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos; como, asimismo, la compra y adquisición, venta y enajenación de todo tipo de créditos, acciones y valores mobiliarios en general; la administración por cuenta propia o ajena de todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, pudiendo percibir sus frutos. Dos. La ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma, de toda clase de obras destinadas a la construcción de inmuebles, o su refacción y/o ampliación o demolición; la ejecución de obras civiles de construcción, pavimentación, reposición de calles y veredas, movimiento de tierra, instalaciones de redes de servicios habitacionales y la ejecución de obras civiles mayores tales como la construcción de caminos, carreteras, puentes, túneles, aeródromos, aeropuertos, obras hidráulicas y obras de similar o análoga naturaleza, incluyendo la adquisición, mantención, y/o arriendo de maquinaria y equipos apropiados y necesarios para tales obras; el transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; Tres. Elaboración, estudio y/o ejecución de todo tipo de proyectos de inversión en el área de la construcción; prestación de servicios, asesorías, consultorías y capacitación a profesionales, técnicos, organismos públicos o privados, y particulares en general, por cuenta propia o ajena. Cuatro. Transporte de Carga Terrestre por cuenta propia o ajena, transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, movimiento de tierra, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendando a terceros; y cualquiera otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo mencionado, y cualquier otro negocio que acordaren los socios, durante la vigencia de la sociedad. El desarrollo de estas actividades podrá ser realizado en bienes de la empresa individual, del empresario o de terceros, a través de contratos de arrendamiento, comodatos u otros. Sin perjuicio de lo anterior, podrá incursionar en otros negocios relacionados con el giro, todas las otras actividades que se puedan determinar a futuro, sin que sea necesario acreditar este hecho ante terceros.. Capital social será la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS ($10.000.000.-) que se aportaron en el acto en dinero en efectivo, ingresándolos a la caja social. Duración de la empresa individual será de 5 años renovables, por periodos sucesivos de 5 años. El empresario tendrá el uso de la razón social, quien deberá anteponer a su firma la razón social, y le corresponderá la administración de la empresa con las más amplias facultades, pudiendo realizar toda clase de actos y contratos. Demás antecedentes en Escritura extractada.- 06, de febrero de 2020.-