Instrumento
- Fecha
- 29 de enero de 2020
- Repertorio
- 2523-2020
- Notario
- MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21º Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El objeto de la sociedad será efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias tanto en Chile como en el exterior, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces, cuotas en ellos, pudiendo comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés o participar como socios en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, prometer y administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; la compra, venta, fabricación, elaboración, importación, exportación, por cuenta propia o de terceros, de bienes muebles, inmuebles, artículos, productos y materias primas; asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos; y en general, realizar toda otra actividad o negocios relacionados directa o indirectamente con las actividades antes descritas y que de común acuerdo fijen los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Notario Público 21º Notaria de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 578, Santiago, certifico: que por escritura pública de 29 de Enero de 2020, Repertorio Nº 2.523-2020, ante mí, ANDREA DEL PILAR REVECO MORAGA, domiciliada en Santa Lucia N° 256, piso 7, comuna de Santiago, Región Metropolitana, constituyen sociedad por acciones “INMOBILIARIA EL YECO SpA”, nombre de fantasía “EL YECO SpA”, cuyo domicilio será la ciudad de Santiago y su duración indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias tanto en Chile como en el exterior, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces, cuotas en ellos, pudiendo comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés o participar como socios en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, prometer y administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; la compra, venta, fabricación, elaboración, importación, exportación, por cuenta propia o de terceros, de bienes muebles, inmuebles, artículos, productos y materias primas; asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos; y en general, realizar toda otra actividad o negocios relacionados directa o indirectamente con las actividades antes descritas y que de común acuerdo fijen los accionistas.- Capital: 1.000.000 de pesos, dividido 1.000 acciones nominativas, única serie sin valor nominal íntegramente suscrito y pagado por accionistas este acto. Administración, uso del nombre y representación judicial y extrajudicial de sociedad, corresponderá a delegados designados por mayoría de accionistas. Se designan en el segundo transitorio administradores provisionales a doña ANDREA DEL PILAR REVECO MORAGA, a don HERMOSINO ALEJANDRO REVECO GAETE y a don ESTEBAN ALEJANDRO RIVEROS MORALES, quiénes deberán firmar en forma conjunta dos cualquiera de ellos. Otras estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 30 de Enero de 2020.-