Instrumento
- Fecha
- 4 de febrero de 2020
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $7.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) La creación, mantención y explotación de clínicas, centros médicos en general y todo tipo de consultas relacionadas con el mantenimiento y restablecimiento de la salud y estética; prestar servicios profesionales, en forma directa o a través de convenios, a particulares o beneficiarios del sistema público o privado de salud, incluyendo servicios profesionales en el área de la medicina, procedimientos médicos, laboratorio y toma de exámenes, procedimientos de medicina estética, aplicación de productos médicos para fines estéticos, procedimientos de enfermería, administración de medicamentos, curaciones, aparatología y demás relacionadas; b) Comercialización de todo tipo de productos afines, ya sea maquinaria, insumos, productos de belleza, cuidado corporal, cosméticos, perfumes y otros relacionados; c) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores; d) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración; e) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y)o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; y f) Concurrir a la formación y)o participar en toda clase de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general.- Representación, administración y uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Notario Suplente del Titular don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, de la 36º Notaria de Santiago, La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica por escritura pública de fecha 04/02/2020 ante mí: doña KAREN TAMARA NAVARRO VALLADARES, con domicilio en Avenida Vicuña Mackenna N° 1385, departamento 1303, Ñuñoa, y doña NICOLE PAULA GUERRA DÍAZ, con domicilio en Román Díaz N° 1140, departamento 604, Providencia: constituyen Sociedad por Acciones.- Razón Social: “CLÍNICA MEDENF SpA”.- Objeto: a) La creación, mantención y explotación de clínicas, centros médicos en general y todo tipo de consultas relacionadas con el mantenimiento y restablecimiento de la salud y estética; prestar servicios profesionales, en forma directa o a través de convenios, a particulares o beneficiarios del sistema público o privado de salud, incluyendo servicios profesionales en el área de la medicina, procedimientos médicos, laboratorio y toma de exámenes, procedimientos de medicina estética, aplicación de productos médicos para fines estéticos, procedimientos de enfermería, administración de medicamentos, curaciones, aparatología y demás relacionadas; b) Comercialización de todo tipo de productos afines, ya sea maquinaria, insumos, productos de belleza, cuidado corporal, cosméticos, perfumes y otros relacionados; c) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores; d) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; e) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; y f) Concurrir a la formación y/o participar en toda clase de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general.- Representación, administración y uso razón social: Será ejercida conjuntamente por doña KAREN TAMARA NAVARRO VALLADARES, y doña NICOLE PAULA GUERRA DÍAZ, con amplias facultades de administración y disposición enunciadas en escritura extractada.- Capital: $7.000.000, dividido en 7.000 acciones, sin valor nominal, de una misma serie, suscritas y pagadas.- Duración: Indefinida.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el país o en el extranjero.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 05,febrero, 2020.-