Instrumento
- Fecha
- 27 de enero de 2020
- Notario
- VIVIANA GONZÁLEZ TRABOL
- Oficio
- Undécima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
la prestación de asesorías, consultorías, y servicios profesionales en materias legales y jurídicas de toda índole; estructuración y reestructuración de empresas y patrimonios, y otros servicios afines; efectuar inversiones en toda clase de bienes, materiales o inmateriales, muebles o inmuebles; todo sin perjuicio de los demás actos y contratos necesarios para el desarrollo del giro social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVIVIANA GONZÁLEZ TRABOL, Abogado, Notario Público Suplente Undécima Notaría de Santiago, Paseo Ahumada 131, oficina 322, Santiago, certifica certifico que por escritura pública de fecha 27 de enero de 2020, ante mí, repertorio número 2756-20, don HERNÁN MORALES VALDÉS, Rut: 8.669.332-1, domiciliado en Calle Ópalo número 10584, comuna de Colina; constituyó sociedad por acciones, cuyos estatutos extracto: Nombre: El nombre de la sociedad será “ASESORIAS LEGALES HMV SpA”. Domicilio: ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: la prestación de asesorías, consultorías, y servicios profesionales en materias legales y jurídicas de toda índole; estructuración y reestructuración de empresas y patrimonios, y otros servicios afines; efectuar inversiones en toda clase de bienes, materiales o inmateriales, muebles o inmuebles; todo sin perjuicio de los demás actos y contratos necesarios para el desarrollo del giro social. Duración: La duración de la Sociedad es indefinida. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.-, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal, de única serie, ordinarias y sin derechos preferentes, íntegramente suscrito y pagado por don Hernán Morales Valdés, al contado, en dinero efectivo, y a total satisfacción de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de enero del 2020.