MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SPORT MIND SpA

RUT 76855378-5 CVE 1722826
Fecha instrumento
21 de enero de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
21 de enero de 2020
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA Abogado
Oficio
Titular de la 43ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Administración

La administración y uso de la razón social le corresponderá a MARIO ALEJANDRO SOTO BOCAZ, y a don GERARDO ANDRES IBARRA MORAGA, quienes tendrán en forma conjunta con amplias facultades En todo lo no modificado rige íntegramente el pacto social contenido en la escritura pública de constitución

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA Abogado, Notario Público del Titular de la 43ª Notaría de Santiago, certifica: Por escritura pública fecha 21 enero 2020, ante mí, GERARDO ANDRES IBARRA MORAGA y MARIO ALEJANDRO SOTO BOCAZ. Modifican sociedad “SPORT MIND SpA.”, constituida mediante escritura pública otorgada ante don Luis Poza Maldonado, Notario Público de Santiago, con fecha trece de Marzo del 2.018, inscrita a fojas 19.494 Nº10.434 en el Registro de Comercio del año 2.018 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y publicado en el Diario Oficial con fecha 17 de Marzo del 2.018. Modificación: 1) MARIO ALEJANDRO SOTO BOCAZ vende y cede el 50% de sus acciones a GERARDO ANDRES IBARRA MORAGA, quien los compra y acepta para sí, equivalente a 25 acciones. El precio total de estas cesiones son la suma de $500.000, que GERARDO ANDRES IBARRA MORAGA, paga a don MARIO ALEJANDRO SOTO BOCAZ, en este acto al contado y dinero efectivo. Como consecuencia de la cesión de derechos antes referida, quedan como únicos socios de la sociedad “SPORT MIND SpA.” a) GERARDO ANDRES IBARRA MORAGA, 25 acciones; b) MARIO ALEJANDRO SOTO BOCAZ, 25 acciones. 2) ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL. La administración y uso de la razón social le corresponderá a MARIO ALEJANDRO SOTO BOCAZ, y a don GERARDO ANDRES IBARRA MORAGA, quienes tendrán en forma conjunta con amplias facultades En todo lo no modificado rige íntegramente el pacto social contenido en la escritura pública de constitución. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 28 enero 2020.