SOCIEDAD IMPORTADORA LA FÁBRICA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de enero de 2020
- Notario
- MARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS
- Oficio
- Titular de la Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente del Titular de la Quinta Notaría de Santiago, don Patricio Raby Benavente, ambos domiciliados en Gertrudis Echeñique 30, oficina 32, Las Condes, certifico: que por escritura pública de fecha 07 de Enero de 2020, ante mí: MARCELA PAZ ESCALA BALTRA, cédula de identidad número cuatro millones cuatrocientos sesenta y cinco mil setecientos setenta y ocho guión tres, en representación de SOCIEDAD INMOBILIARIA COMERCIAL PAPUDO LIMITADA, sociedad comercial del giro de su denominación, rol único tributario numero setenta y nueve millones setecientos setenta y seis mil ochocientos noventa guión uno, ambos domiciliados en Calle Santa Blanca número mil setecientos treinta y cuatro, Comuna de lo Barnechea; doña MARÍA PIERA MERANI PERALTA, cedula nacional de identidad número seis millones novecientos treinta y ocho mil novecientos cuarenta y cinco guión siete, domiciliada en Rafael Sanzio número ochenta, departamento trescientos uno, Las Condes, Santiago; doña MARÍA JOSE VILLAGRAN MERANI, cedula nacional de identidad número quince millones trescientos cuarenta y un mil ciento veinticuatro guión siete, domiciliada en Avenida La Plaza quinientos cincuenta y cinco, Las Condes, Santiago; doña MARÍA IGNACIA VILLAGRAN MERANI, cedula nacional de identidad número diecinueve millones trescientos siete mil cincuenta y tres guión uno; domiciliada en Rafael Sanzio número ochenta, departamento trescientos uno, Las Condes, Santiago; don FRANCISCO JAVIER VILLAGRAN MERANI, cedula de identidad número dieciséis millones ciento veintitrés mil setecientos ochenta y cinco guión K, domiciliado en Carlos Antunez dos mil ochocientos ochenta y tres, departamento cuarenta y dos, Providencia, Santiago; y don ANDRÉS IGNACIO VILLAGRAN MERANI, cedula de identidad número diecisiete millones trescientos dieciséis mil ciento ochenta y nueve guión uno, domiciliado en Josue Smith quinientos veintiocho, departamento novecientos cinco, Providencia, Santiago. Los comparecientes mayores de edad, en su calidad de únicos socios de la sociedad SOCIEDAD IMPORTADORA LA FÁBRICA LIMITADA, aprobaron y acordaron la modificación de la sociedad en cuanto al retiro de socios de ésta, mediante Cesiones de Derechos, como se indica a continuación: la socia doña María José Villagran Merani, con el consentimiento de todos sus consocios vende cede y transfiere a doña María Piera Merani Peralta, su diez por ciento de los derechos sociales. El precio de esta sesión es de cien mil pesos, los que se pagan al contado y en dinero efectivo, el cual recibe la parte vendedora a su entera satisfacción. Luego la socia doña María Ignacia Villagran Merani, con el consentimiento de todos sus consocios vende cede y transfiere a doña María Piera Merani Peralta, su diez por ciento de los derechos sociales. El precio de esta sesión es de cien mil pesos, los que se pagan al contado y en dinero efectivo, el cual recibe la parte vendedora a su entera satisfacción. Luego el socio don Francisco Javier Villagran Merani, con el consentimiento de todos sus consocios vende cede y transfiere a doña María Piera Merani Peralta, su diez por ciento de los derechos sociales. El precio de esta sesión es de cien mil pesos, los que se pagan al contado y en dinero efectivo, el cual recibe la parte vendedora a su entera satisfacción. Por último, el socio don Andrés Ignacio Villagran Merani, con el consentimiento de todos sus consocios vende cede y transfiere a doña María Piera Merani Peralta, su diez por ciento de los derechos sociales. El precio de esta sesión es de cien mil pesos, los que se pagan al contado y en dinero efectivo, el cual recibe la parte vendedora a su entera satisfacción. Como consecuencia de la cesión de derechos; se reemplazó el artículo quinto de los estatutos, de ésta por el siguiente: “ARTICULO QUINTO: El Capital de la sociedad es la cantidad de un millón de pesos, que los socios aportan y pagan en las proporciones y de la forma siguiente: a) Sociedad Inmobiliaria Comercial Papudo Limitada, por medio de su apoderado Marcela Paz Escala Baltra, entera el equivalente al cincuenta por ciento del capital social, mediante el aporte de quinientos mil pesos; b) Doña María Piera Merani Peralta entera el equivalente al cincuenta por ciento del capital social, mediante el aporte de quinientos mil pesos. Todos los aportes se enteran y pagan a la caja social en dinero efectivo en este acto”. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Se facultó al portador de extracto para su legalización. Santiago, 31 de enero de 2020.- María Virginia Wielandt Covarrubias.- Notario Suplente.-