PEREZ & RODRIGUEZ PROPIEDADES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de diciembre de 2019
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público, Titular de la 43ª Notaría de Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifico que, por escritura ante mi, de 19 de diciembre de 2019, RICARDO MARCELO PÉREZ JARAMILLO, domiciliado en el kilómetro 16 camino a Tanilvoro, comuna de Chillán, de paso en ésta; SILVIA ROSA MORA SEPULVEDA, domiciliada en Camino a Huape, Kilometro 9, parcela 17, Lomas de Santa Berenice, comuna de Chillán, de paso en ésta; y MARILYN PATRICIA RODRIGUEZ MORA, Encomenderos 113, piso 11, comuna de Las Condes, modificaron la sociedad comercial de responsabilidad limitada PEREZ & RODRIGUEZ PROPIEDADES LIMITADA, inscrita a fojas 57256 No. 35283 Registro de Comercio de Santiago, año 2014, sentido que, se retira de la sociedad el socio RICARDO MARCELO PÉREZ JARAMILLO, dueño del 90% del total de los derechos sociales, quien los vende, cede y transfiere, en su totalidad, a SILVIA ROSA MORA SEPULVEDA, quien compra, adquiere y acepta para sí, en $900.000, que la cesionaria paga en acto firma escritura, al contado, declarando el cedente haber recibido conforme y a su entera satisfacción.- Quedan como únicas y actuales socias de PEREZ & RODRIGUEZ PROPIEDADES LIMITADA, SILVIA ROSA MORA SEPULVEDA, con el 90% del total de los derechos sociales, y MARILYN PATRICIA RODRIGUEZ MORA, con el 10% del total de los derechos sociales, quienes modifican el contrato social constitutivo, de la siguiente forma: a) Reemplazan la actual razón social por RODRIGUEZ MORA PROPIEDADES LIMITADA, reemplazando el actual nombre de fantasía por RM PROPIEDADES LTDA.; b) La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a la socia MARILYN PATRICIA RODRIGUEZ MORA, quien dispondrá de todas y cada una de las facultades que se enumeran en la cláusula “Cuarto” del pacto social constitutivo.- En todo lo no modificado mediante el citado instrumento, continua vigente el pacto social primitivo.- SANTIAGO; 28 de enero de 2020.-