MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IDIN LIMITADA

RUT 76282544-9 CVE 1723218
Fecha instrumento
24 de enero de 2020

Instrumento

Fecha
24 de enero de 2020
Notario
CECILIA GÁLVEZ PINO
Domicilio
Viña del Mar

Objeto social

El objeto de la sociedad será: La constitución y administración de uno o más centros pedagógicos que comprenderán las siguientes áreas educacionales, a saber, enseñanza y educación primaria y secundaria, científico humanista, y capacitación técnico y profesional. y organizar y dictar cursos de adiestramiento y de capacitación, en locales propios o ajenos; y toda otra actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la anterior, incluyendo la educación básica con el Sistema de subsidio estatal o fiscal, organismo técnico capacitador con subsidio o financiamiento del Estado; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden”. c) Se reemplaza íntegramente la cláusula Quinto, por la siguiente: “QUINTO:

Administración

El uso de la razón social y de la administración corresponderá a don BENJAMÍN PATRICIO ARANEDA HERRERA, con facultades señaladas misma cláusula y excepciones o limitaciones que se establecen en la escritura extractada. 5) En todo lo no expresamente modificado, sigue rigiendo inalterado el pacto social singularizado en la cláusula primera de la presente escritura, continuando limitada la

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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CECILIA GÁLVEZ PINO, Abogado, Notario Público Titular de Viña del Mar, con oficio en Viña del Mar, Avenida Libertad 1155-A, certifica: Que por escritura pública de fecha 24/01/2020, ante mi, BENJAMÍN PATRICIO ARANEDA HERRERA, cédula de identidad número doce millones cuarenta y cinco mil treinta y tres guión seis, en representación de la SOCIEDAD INVERSIONES PATRICIO ARANEDA Y COMPAÑÍA LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones novecientos quince mil trescientos treinta guión seis, y también en representación de la SOCIEDAD INVESTIGACIÓN, DESARROLLO Y COMERCIALIZACIÓN BIOTECNOLÓGICA IDIN S.A., Rol único tributario número setenta y seis millones doscientos ochenta y dos mil quinientos cuarenta y cuatro guión nueve, todos domiciliados en calle El Litre número un mil seiscientos ochenta y cinco, Santa Inés, Comuna de Viña del Mar, y doña JENY ANDREA PÉREZ ORTIZ, pasaporte chileno número F uno siete dos cinco uno tres tres cinco número de run trece millones cuatrocientos veintiocho mil quinientos sesenta y siete guión dos, domiciliada en calle San Ignacio número trescientos veinticinco, departamento E guión treinta y tres, ciudad de Concón, modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada “Idin Capacitación Limitada” o “IDIN LIMITADA”, cuyo extracto fue inscrito a fojas un mil doscientos setenta y ocho número un mil doscientos setenta y nueve del Registro de Comercio de Viña del Mar del año dos mil catorce, publicado en el Diario Oficial en la edición del día veinticinco de julio de dos mil catorce, bajo el número cuarenta mil novecientos dieciséis. Modificaciones consisten: 1) En este acto, don BENJAMÍN PATRICIO ARANEDA HERRERA, en representación de la SOCIEDAD INVESTIGACIÓN, DESARROLLO Y COMERCIALIZACIÓN BIOTECNOLÓGICA IDIN S.A. vende, cede y transfiere el cuarenta y nueve coma cinco por ciento de la totalidad de los derechos que tiene en la sociedad “IDIN CAPACITACIÓN LIMITADA”, individualizada en la cláusula anterior, a la SOCIEDAD INVERSIONES PATRICIO ARANEDA Y COMPAÑÍA LIMITADA quien la acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de cuatro millones cuatrocientos cincuenta mil Pesos, que se paga en este acto al contado y en dinero en efectivo, a entera satisfacción del cedente. 2) En este acto, don BENJAMÍN PATRICIO ARANEDA HERRERA, en representación de la SOCIEDAD INVESTIGACIÓN, DESARROLLO Y COMERCIALIZACIÓN BIOTECNOLÓGICA IDIN S.A. vende, cede y transfiere el cincuenta coma cinco por ciento de la totalidad de los derechos que tiene en la sociedad “IDIN CAPACITACIÓN LIMITADA”, individualizada en la cláusula anterior, a doña JENY ANDREA PÉREZ ORTIZ quien la acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de cinco millones cuatrocientos cincuenta mil Pesos, que se paga en este acto al contado y en dinero en efectivo, a entera satisfacción del cedente. 3) Como consecuencia de las cesiones de derechos señaladas en las clausulas precedentes, han quedado como socios de la sociedad “IDIN CAPACITACIÓN LIMITADA”, las siguientes personas con las participaciones sociales que se indican a continuación: a) SOCIEDAD INVERSIONES PATRICIO ARANEDA Y CIA LIMITADA, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales, b) JENY ANDREA PÉREZ ORTIZ, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales. 4) MODIFICACIÓN A LOS ESTATUTOS. Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, los socios vienen a modificar los Estatutos Sociales en los siguientes términos: QUINTO: MODIFICACIÓN A LOS ESTATUTOS. Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, los socios vienen a modificar los Estatutos Sociales en los siguientes términos: a) Se reemplaza íntegramente la cláusula Segundo por la siguiente: “SEGUNDO: Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será “IDIN CAPACITACIÓN LIMITADA”, pudiendo funcionar inclusive ante los Bancos comerciales, con el nombre de fantasía de "IDIN CAPACITACIÓN”, pudiendo funcionar inclusive ante los bancos comerciales, con el nombre de fantasía de “IDIN LTDA”, o “IDIN LIMITADA” o “ROYAL WISDOM SCHOOL”.-”. b) Se reemplaza íntegramente la cláusula Tercer por la siguiente: “TERCER: Objeto: El objeto de la sociedad será: La constitución y administración de uno o más centros pedagógicos que comprenderán las siguientes áreas educacionales, a saber, enseñanza y educación primaria y secundaria, científico humanista, y capacitación técnico y profesional. y organizar y dictar cursos de adiestramiento y de capacitación, en locales propios o ajenos; y toda otra actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la anterior, incluyendo la educación básica con el Sistema de subsidio estatal o fiscal, organismo técnico capacitador con subsidio o financiamiento del Estado; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden”. c) Se reemplaza íntegramente la cláusula Quinto, por la siguiente: “QUINTO: Administración: El uso de la razón social y de la administración corresponderá a don BENJAMÍN PATRICIO ARANEDA HERRERA, con facultades señaladas misma cláusula y excepciones o limitaciones que se establecen en la escritura extractada. 5) En todo lo no expresamente modificado, sigue rigiendo inalterado el pacto social singularizado en la cláusula primera de la presente escritura, continuando limitada la responsabilidad de los socios hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada.- Viña del Mar, a 4 de Febrero de 2020.-