Instrumento
- Fecha
- 13 de enero de 2020
- Repertorio
- 168-2020
- Notario
- VICTOR HUGO QUIÑONES SOBARZO
- Oficio
- Primera Notaría de Puerto Montt
- Comuna
- Puerto Montt
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
- Domicilio
- Puerto Montt
- Duración
- Indefinida
Objeto social
será: a) Aseo y mantención general de colegios y universidades b) Aseo General de Oficinas, residencias y edificios c) Aseo de plantas industriales d) Barrido de calles interiores de industrias y condominios privados e) Lavado de fachada f) limpieza de vidrios en altura. CAPITAL DE LA SOCIEDAD: $6.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, de una mismas serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción tendrá derecho a voto; que los socios suscriben y enteran: 50 acciones pagadas este acto, y 50 acciones dentro del plazo de 6 meses a contar de esta fecha;
Administración
La Sociedad será administrada por un Gerente General, pudiendo éste ser o no accionista, designado y esencialmente revocable, por la Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto presentes o representadas en la Junta. Los accionistas de la Sociedad nombran a CAMILA ELIZABETH SALAZAR HERNÁNDEZ, cédula nacional de identidad diecisiete millones ochocientos ochenta y nueve mil setecientos ochenta y uno guion cero, como Gerente General de la Sociedad, quien actuando individualmente, y anteponiendo su firma, podrá representar a la Sociedad con todas y cada una de las facultades indicadas en los artículos Décimo Cuarto y Décimo Quinto de los estatutos sociales, esto es, el Gerente General tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y también las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia, pudiendo realizar, ejecutar y celebrar toda clase de actos, negocios, pactos, acuerdos y contratos, sin limitación alguna, y en particular; y sin que se entienda limitación alguna a las facultades y atribuciones amplias del Gerente General, éste tendrá las facultades especiales indicadas en el artículo Décimo Quinto de los estatutos sociales, las que, a mayor abundamiento, se dan por íntegramente reproducidas para estos efectos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVICTOR HUGO QUIÑONES SOBARZO, Notario Público Titular Primera Notaría de Puerto Montt, con oficio en Guillermo Gallardo 165, de esta ciudad, certifico: Que por escritura pública de fecha 13 de enero de 2020, repertorio N° 168-2020, otorgada ante mí: Doña EUDULIA CECILIA HERNÁNDEZ GUTIERREZ; doña CAMILA ELIZABETH SALAZAR HERNÁNDEZ; y don IGNACIO ANDRÉS SALAZAR HERNÁNDEZ, todos domiciliados calle Puerto Auchemo, número mil ciento cincuenta y cuatro, Altos de Mirasol, Puerto Montt; constituyó sociedad por acciones AGENCIA DE LIMPIEZA CIC SpA.- OBJETO SOCIAL: será: a) Aseo y mantención general de colegios y universidades b) Aseo General de Oficinas, residencias y edificios c) Aseo de plantas industriales d) Barrido de calles interiores de industrias y condominios privados e) Lavado de fachada f) limpieza de vidrios en altura. CAPITAL DE LA SOCIEDAD: $6.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, de una mismas serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción tendrá derecho a voto; que los socios suscriben y enteran: 50 acciones pagadas este acto, y 50 acciones dentro del plazo de 6 meses a contar de esta fecha; ADMINISTRACIÓN: La Sociedad será administrada por un Gerente General, pudiendo éste ser o no accionista, designado y esencialmente revocable, por la Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto presentes o representadas en la Junta. Los accionistas de la Sociedad nombran a CAMILA ELIZABETH SALAZAR HERNÁNDEZ, cédula nacional de identidad diecisiete millones ochocientos ochenta y nueve mil setecientos ochenta y uno guion cero, como Gerente General de la Sociedad, quien actuando individualmente, y anteponiendo su firma, podrá representar a la Sociedad con todas y cada una de las facultades indicadas en los artículos Décimo Cuarto y Décimo Quinto de los estatutos sociales, esto es, el Gerente General tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y también las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia, pudiendo realizar, ejecutar y celebrar toda clase de actos, negocios, pactos, acuerdos y contratos, sin limitación alguna, y en particular; y sin que se entienda limitación alguna a las facultades y atribuciones amplias del Gerente General, éste tendrá las facultades especiales indicadas en el artículo Décimo Quinto de los estatutos sociales, las que, a mayor abundamiento, se dan por íntegramente reproducidas para estos efectos. DURACION: INDEFINIDA.- DOMICILIO: Puerto Montt, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros lugares del país o del extranjero.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Montt, 04 de febrero de 2020.