GRB Empresa de Servicios y Mantenimiento Minero e Industrial SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de enero de 2020
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios de todo tipo y en especial de mantención general a la industria, minería, transportes y otros, los presentes servicios serán prestados por cuenta propio o de terceros; b) El arriendo, subarriendo, distribución, y comercio interno e internacional, por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de materiales, útiles, repuestos, instalaciones, vehículos, equipos, maquinarias, excedentes industriales u otros elementos afines; c) La construcción, edificación, montaje, mantención, explotación y venta de todo tipo de obras de ingeniería civil, sean estas habitacionales comerciales, industriales, mecánicas, mineras, portuarias u obras públicas; d) La realización para sí o para terceros, de estudios y proyectos de ingeniería, factibilidad, económicos o financieros; prestación de asesoría y consultoría en tales materias; e) La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena. La sociedad en la consecución de sus fines podrá actuar, por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; y ejecutar todos los actos y concertar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos, al desarrollo de su comercio o negocio, o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 24 de enero de 2020, ante mí, Carol Alexis Arancibia Leiva, domiciliada para estos efectos en calle Luis Franco Avalos Nº179, ciudad de Antofagasta; constituyó sociedad por acciones. RAZON SOCIAL: “GRB Empresa de Servicios y Mantenimiento Minero e Industrial SpA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o el extranjero. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios de todo tipo y en especial de mantención general a la industria, minería, transportes y otros, los presentes servicios serán prestados por cuenta propio o de terceros; b) El arriendo, subarriendo, distribución, y comercio interno e internacional, por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de materiales, útiles, repuestos, instalaciones, vehículos, equipos, maquinarias, excedentes industriales u otros elementos afines; c) La construcción, edificación, montaje, mantención, explotación y venta de todo tipo de obras de ingeniería civil, sean estas habitacionales comerciales, industriales, mecánicas, mineras, portuarias u obras públicas; d) La realización para sí o para terceros, de estudios y proyectos de ingeniería, factibilidad, económicos o financieros; prestación de asesoría y consultoría en tales materias; e) La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena. La sociedad en la consecución de sus fines podrá actuar, por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; y ejecutar todos los actos y concertar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos, al desarrollo de su comercio o negocio, o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. DURACION: Indefinida. CAPITAL Y ACCIONES: $5.000.000, dividido en 5.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. El capital está íntegramente suscrito y pagado. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago 31 de enero de 2020.-