MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD PRESTACIONES MEDICAS ECOMED LIMITADA

RUT 78865370-0 CVE 1721793
Capital
$4.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de diciembre de 2019

Instrumento

Fecha
12 de diciembre de 2019
Notario
MARTA RIVAS SCHULZ
Domicilio
Los Andes

Sociedad

Capital
$4.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARTA RIVAS SCHULZ, abogado, Notario Público Titular de Los Andes, Esmeralda 417, certifica: Por escritura de hoy, ante mí, señores PABLO GERARDO LARRAIN SANHUEZA, doña MACARENA LORELEY LARRAIN SUCKEL, JUAN PABLO LARRAIN SUCKEL, CAMILO ANDRES LARRAIN SUCKEL, todos calle Autonomía S/N°, comuna de San María, Provincia de San Felipe, y JAVIERA PAZ LARRAÍN SUCKEL, Genoveva N°2060, departamento 705, Providencia, Región Metropolitana, modifican sociedad “SOCIEDAD PRESTACIONES MEDICAS ECOMED LIMITADA”, RUT N° 78.865.370-0, inscrita a fs. 246 N° 243, del Registro de Comercio Conservador de Los Andes del año 2010, cuyo capital inicial es de $4.000.000.-, en sentido que don Juan Pablo Larraín Suckel, vende, cede y transfiere todos sus derechos sociales a don Pablo Gerardo Larraín Sanhueza, que corresponden a un 20% de los derechos sociales; doña Macarena Loreley Larraín Suckel, vende, cede y transfiere un 5% de sus derechos sociales a don Pablo Gerardo Larraín Sanhueza y el 15% restante de todos los derechos sociales a doña Javiera Paz Larraín Suckel; don Camilo Andrés Larraín Suckel, vende, cede y transfiere todos sus derechos sociales a doña Javiera Paz Larraín Suckel, que corresponden a un 20% de los derechos sociales. Actuales socios modifican pacto social en el sentido que las ganancias y pérdidas serán 65% para socio Pablo Gerardo Larraín Sanhueza y un 35% para socia Javiera Paz Larraín Suckel. Modifican que la administración y uso de razón social corresponderá al socio Pablo Gerardo Larraín Sanhueza. En lo no modificado continúa vigente el pacto social original. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Los Andes, 12 de Diciembre de 2019.