Más Electrónica Limitada
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2019
- Notario
- RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
- Oficio
- 40 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público, 40 Notaría de Santiago, suplente del titular Alberto Mozó Aguilar, con oficio en Teatinos N°332, Santiago, CERTIFICO: Con esta fecha, ante mí, doña MÓNICA CELIA WOOD CIENFUEGOS, doña NICOLE DELHERBE WOOD, doña MARÍA CAROLINA DELHERBE WOOD y don GUY ETIENNE DELHERBE CHANDÍA, todos domiciliados para estos efectos en esta ciudad, en calle Marín Nº350, de la comuna de Santiago, modificaron sociedad “MAS ELECTRONICA LIMITADA”, la cual se encuentra inscrita a fojas 199 número 93 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1991, en el siguiente sentido: a.)Doña MÓNICA CELIA WOOD CIENFUEGOS, con la expresa autorización y consentimiento de los demás socios, vende, cede y transfiere a doña NICOLE DELHERBE WOOD, quien compra, adquiere y recibe para sí, el 12% de los derechos sociales, por la suma de $5.087.638.- pagados íntegramente con anterioridad a esta fecha; b.) Asimismo, don GUY ETIENNE DELHERBE CHANDÍA con la expresa autorización y consentimiento de las demás socias, vende, cede y transfiere a doña NICOLE DELHERBE WOOD, quien compra, adquiere y recibe para sí, el 12% de los derechos sociales por la suma de $5.087.638.- pagados íntegramente con anterioridad a esta fecha y; c.) Por último, doña MARÍA CAROLINA DELHERBE WOOD, con la expresa autorización y consentimiento de los demás socios, vende, cede y transfiere a doña NICOLE DELHERBE WOOD, quien compra, adquiere y recibe para sí, la totalidad de los derechos de que es titular, correspondientes a un 5% de los derechos sociales, por la suma de $2.119.849.- pagados íntegramente con anterioridad a esta fecha. A consecuencia de las cesión de derechos celebrada, los actuales y únicos socios de la Sociedad acordaron modificar las cláusulas Tercera y Cuarta Estatutos Sociales, las que quedan a contar de esta fecha como siguen: “TERCERO: El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a cualquiera de los socios doña MÓNICA CELIA WOOD CIENFUEGOS, doña NICOLE DELHERBE WOOD y don GUY ETIENNE DELHERBE CHANDÍA, quienes actuando separada e indistintamente uno cualquiera de ellos y anteponiendo su nombre al de la Sociedad, la representarán con toda las facultades contenidas en escritura que extracto. Y "CUARTO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $1.000.000 íntegramente pagados por los socios en dinero efectivo en la siguiente proporción: a.) doña MÓNICA CELIA WOOD CIENFUEGOS, con la suma equivalente a un 33% de los derechos sociales; b.) doña NICOLE DELHERBE WOOD, con la suma equivalente a un 34% de los derechos sociales y; c) don GUY ETIENNE DELHERBE CHANDÍA, con la suma equivalente a un 33% de los derechos sociales”.- En lo no modificado rige estatuto social especialmente a lo referido a la limitación de responsabilidad hasta los montos de los respectivos aportes de los socios.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de diciembre de 2019.