VIÑEDOS CALCU LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de enero de 2020
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público de la 33 Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979 oficina 501, Santiago, certifica: que por escritura pública otorgada con fecha 9 de enero de 2020, ante mi Suplente doña Verónica Torrealba Costabal, Inversiones Huildad SpA e Inversiones Lota Green SpA, únicos socios de VIÑEDOS CALCU LIMITADA, ambos domiciliados en Avenida El Bosque Sur N°130, piso 14, comuna de las Condes, acordaron: A. (1) Dejar constancia que, como consecuencia de la transformación de Inversiones Huildad S.A. en una sociedad por acciones, su razón social se modificó por Inversiones Huildad SpA. (2) Dejar constancia que, producto de la fusión por incorporación del socio Inversiones Longovilo Limitada en Inversiones Lota Green SpA, ésta última adquirió todo su activo y pasivo, incluyendo los derechos sociales de que la primera era titular en Viñedos Calcu Limitada, ingresando como socio a la sociedad. B. Modificar el artículo quinto de los estatutos sociales, a fin de reflejar la actual composición de la sociedad, sustituyendo íntegramente dicho artículo por uno del siguiente tenor: “QUINTO. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de cien millones de pesos que los socios han pagado íntegramente de la siguiente manera: (a) Inversiones Huildad SpA, con diez mil pesos, equivalente aproximadamente a un cero coma cero un por ciento del capital social; y (b) Inversiones Lota Green SpA, con noventa y nueve millones novecientos noventa mil pesos, equivalente aproximadamente a un noventa y nueve coma noventa y nueve por ciento del capital social. Se deja expresa constancia que los porcentajes de participación de cada socio en el capital social señalados precedentemente son aproximados y se indican a título meramente ilustrativo, primando por sobre éstos la proporción que representa el aporte efectivamente realizado por cada socio.” C. Modificar los estatutos sociales en el sentido que la administración y el uso de la razón social corresponda a Pedro José Hurtado Vicuña, Juan José Hurtado Vicuña, José Ignacio Hurtado Vicuña y Ricardo Rivadeneira Hurtado, actuando individualmente con las facultades que constan en escritura extractada, reemplazando al efecto el artículo séptimo de los estatutos sociales. D. Modificar los estatutos sociales en materia no extractable. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de enero de 2020.