MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PVT, PROYECTOS SANITARIOS LIMITADA

RUT 76254790-2 CVE 1721433
Fecha instrumento
15 de enero de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de enero de 2020
Notario
Francisco Javier Leiva Carvajal
Oficio
2ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular 2ª Notaría Santiago, Amunategui 73, Santiago, certifico: por escritura pública fecha 15-01-2020, ante Felipe Leiva Ilabaca, Suplente de éste oficio: don Kenneth Federico Page D´Albulquerque, chileno, casado, instalador sanitario, C.I.N° 4.774.771-6; don Gustavo Andrés Velasquez Salazar, chileno, casado, proyectista, C.I.N° 5.780.194-8, ambos domiciliados en calle Rafael Sanzio N° 485, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y don Andres Emilio Velásquez Vergara, chileno, soltero, ingeniero comercial, C.I.N°14.144.342-9, domiciliado en calle Carrión N° 1319, Dpto.1608, Comuna de Independencia, Región Metropolitana, modificaron sociedad comercial de responsabilidad limitada de razón social “PVT, PROYECTOS SANITARIOS LIMITADA”, Rut. 76.254.790-2, Por escritura pública de fecha 02-11-2004, suscrita en la Notaría Público de Santiago de don José Musalem Saffie, don Kenneth Federico Page D´Albulquerque y don Gustavo Andrés Velásquez Salazar, constituyeron la sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada “PVT, PROYECTOS SANITARIOS LIMITADA”. Un extracto de esa escritura fue publicado en el Diario Oficial el día 24-11-2004 e inscrito a Fs. 37.510 N° 27.889 del Registro de Comercio del CBR de Santiago, correspondiente al año 2004. Por el presente instrumento, don Kenneth Federico Page D´Albulquerque, en adelante “el cedente”, cede en venta el 50% de las acciones, derechos y participaciones de que es dueño en la sociedad, según lo indicado en la cláusula 2° del presente instrumento, transfiriéndolos a don Gustavo Andrés Velásquez Salazar, en adelante “el primer cesionario”, quien los adquiere y acepta para sí. El precio de la cesión es de UF 529,746689, que el primer cesionario don Gustavo Andrés Velásquez Salazar, pagará en 36 cuotas iguales mensuales y sucesivas los días 1° de cada mes, a contar del 01-02-2020. Las partes acuerdan que en caso de mora o simple retardo en el pago de una cualquiera de las cuotas antes señaladas, “el cedente” tendrá derecho a hacer inmediatamente exigible la totalidad del precio pactado como si fuera de plazo vencido, más los intereses moratorios que la ley establezca. Asimismo, por el presente instrumento, el cedente, don Kenneth Federico Page D´Albulquerque, cede en venta 10% de las acciones, derechos y participaciones de la sociedad, que es dueño, según lo indicado en la cláusula 2° del presente instrumento, transfiriéndolos a don Andrés Emilio Velásquez Vergara o “el segundo cesionario”, quien los adquiere y acepta para sí. Como consecuencia de esta cesión don Kenneth Federico Page D´Albulquerque, se retira de la sociedad. El precio de la cesión es de UF 105,949337, que el segundo cesionario, don Andrés Emilio Velásquez Vergara, pagará en 36 cuotas iguales mensuales y sucesivas los días 1° de cada mes, a contar del 01-02-2020. Las partes acuerdan que en caso de mora o simple retardo en el pago de una cualquiera de las cuotas antes señaladas, “el cedente” tendrá derecho a hacer inmediatamente exigible la totalidad del precio pactado como si fuera de plazo vencido, más los intereses moratorios que la ley establezca. Como consecuencia de pactado en las cláusulas anteriores, los actuales socios de la sociedad “PVT, PROYECTOS SANITARIOS LIMITADA”, a partir de esta fecha son don Gustavo Andrés Velásquez Salazar, dueño de un 90% de los derechos sociales y don Andrés Emilio Velásquez Vergara, dueño de un 10% de los derechos sociales. Las utilidades y pérdidas que arroje el ejercicio del negocio social, continuarán repartiéndose entre los socios a prorrata de sus respectivos aportes a la sociedad. Los actuales socios declaran y reafirman que limitan sus responsabilidades hasta la sola concurrencia de sus respectivos aportes, según la propia naturaleza de la sociedad. Los socios actuales acuerdan que el uso de la razón social y la Administración societaria, será ejercida y quedará radicada en el socio don Gustavo Andrés Velásquez Salazar, con todas las facultades, poderes y atribuciones conferidas al Administrador en la escritura pública de constitución de esta sociedad, de fecha 05-11-2004, suscrita en la Notaría de Santiago de don José Musalem Saffie, a la que se hace referencia en la cláusula primera de esta escritura, estipulaciones que se dan por expresamente reproducidas en este acto, una a una. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 27-01-2020.