INVERSIONES & ASESORÍAS HERBÓREA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de enero de 2020
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- 10a Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
a) La prestación de servicios y asesorías a empresas en lo relativo a su inversión, administración, gestión, programación, métodos y sistemas computacionales, estudios de mercado, publicidad u otros análogos que las personas naturales o jurídicas requieran; b) la realización de toda clase de inversiones en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles; y en especial, acciones, bonos, debentures, derechos en sociedades y otros valores diversos de inversión, renta fija o variables; c) La inversión inmobiliaria, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes raíces, administrar dichas propiedades, darlas y tomarlas en arrendamiento y percibir sus rentas; d) La inversión mobiliaria, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles, tales como acciones, bonos, pagarés, letras hipotecarias u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión; e) La participación como accionistas en sociedades anónimas, o como socia de sociedades de responsabilidad limitada, colectivas, en comandita o de cualquier otro tipo o naturaleza, que tengan un objeto, análogo al mencionado en las letras precedentes. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título y dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios, gravarlos con hipoteca o prendas de cualquier clase u objeto; pudiendo ser socia gestora de sociedades encomandita y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su comercio o a la inversión de fondos disponibles de la sociedad. f) Actividades de Servicios personales de Fotografía, Publicidad, Composición Musical, Diseño de Vestuario y Diseño y Decoración de Interiores. Además, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación directa con su objeto”. En lo no modificado se mantienen plenamente vigentes e inalteradas las disposiciones del pacto social y en especial la que limita la
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular de la 10a Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N°1235, local dos, piso uno y dos, certifica que: Por escritura de fecha 24 de enero de 2020, ante mí, don MATTHEW FRANCIS FOSS WESTCOTT CAMPBELL, y don ROBERTO GUY WESTCOTT CAMPBELL, ambos domiciliados en calle Vitacura 2909 oficina 611, Las Condes, modifican el pacto social de “INVERSIONES & ASESORÍAS HERBÓREA LIMITADA”, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a Fs. 24736 Nº17238 del año 2006, en el sentido de ampliar el objeto social, reemplazando el artículo segundo del pacto social por el siguiente: “Artículo segundo: La sociedad tendrá por objeto : a) La prestación de servicios y asesorías a empresas en lo relativo a su inversión, administración, gestión, programación, métodos y sistemas computacionales, estudios de mercado, publicidad u otros análogos que las personas naturales o jurídicas requieran; b) la realización de toda clase de inversiones en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles; y en especial, acciones, bonos, debentures, derechos en sociedades y otros valores diversos de inversión, renta fija o variables; c) La inversión inmobiliaria, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes raíces, administrar dichas propiedades, darlas y tomarlas en arrendamiento y percibir sus rentas; d) La inversión mobiliaria, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles, tales como acciones, bonos, pagarés, letras hipotecarias u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión; e) La participación como accionistas en sociedades anónimas, o como socia de sociedades de responsabilidad limitada, colectivas, en comandita o de cualquier otro tipo o naturaleza, que tengan un objeto, análogo al mencionado en las letras precedentes. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título y dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios, gravarlos con hipoteca o prendas de cualquier clase u objeto; pudiendo ser socia gestora de sociedades encomandita y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su comercio o a la inversión de fondos disponibles de la sociedad. f) Actividades de Servicios personales de Fotografía, Publicidad, Composición Musical, Diseño de Vestuario y Diseño y Decoración de Interiores. Además, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación directa con su objeto”. En lo no modificado se mantienen plenamente vigentes e inalteradas las disposiciones del pacto social y en especial la que limita la responsabilidad de los socios al monto de sus aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de enero de 2020.