MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA LOMAS DE ASIS LIMITADA

RUT 96763950-8 CVE 1721472
Capital
$7.502.314.178 CLP
Fecha instrumento
3 de diciembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de diciembre de 2019
Notario
MARGARITA MORENO ZAMORANO
Oficio
27º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$7.502.314.178 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARGARITA MORENO ZAMORANO, Abogado, Notario Público Interino de la 27º Notaría de Santiago, ubicada en calle Orrego Luco N°0153, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 03 de diciembre de 2019, comparecen ante mí, 1) INVERSIONES SAN CARLOS LIMITADA, representada por Administraciones Edval Limitada, a su vez representada por Tomás Fernández Mac-Auliffe, todos domiciliados en Avenida Isidora Goyenechea N°3642, piso 7, Las Condes, Región Metropolitana, 2) INVERSIONES HIGUERILLAS LIMITADA, representada por Anselmo Palma Pfotzer y Marcelo Macció Cordano, todos domiciliados en Asturias N°280, oficina 701, Las Condes, Región Metropolitana, 3) INVERSIONES HIGUERILLAS UNO LIMITADA, representada por Anselmo Palma Pfotzer, ambos domiciliados en Asturias N°280, oficina 701, Las Condes, Región Metropolitana, 4) INVERSIONES FARDELA LIMITADA, representada por Gonzalo Serrano Gutiérrez, ambos domiciliados en Asturias N°280, oficina 701, Las Condes, Región Metropolitana, 5) INVERSIONES HIGUERILLAS TRES LIMITADA, representada por Carlos Souper Urra, ambos domiciliados en Asturias N°280, oficina 701, Las Condes, Región Metropolitana, 6) INVERSIONES HIGUERILLAS CUATRO LIMITADA, representada por Luis Germán Edwards Ruiz-Tagle, ambos domiciliados en domiciliados en Asturias N°280, oficina 701, Las Condes, Región Metropolitana, 7) RENTAS ENJOY LIMITADA, representada por Ángel Antonio Tuset Jorratt, ambos domiciliados en Asturias N°280, piso 3, Las Condes, Región Metropolitana, 8) INVERSIONES AMOLANAS LIMITADA, representada por Jorge Ayala Marfil y Ricardo Enrique Ayala Marfil, todos domiciliados en Asturias N°280, piso 5, Las Condes, Región Metropolitana, 9) IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA AMALFI SpA, representada por Sergio Cardone Solari, ambos domiciliados en Asturias N°280, piso 5, Las Condes, Región Metropolitana, 10) ASESORÍA Y PROYECTOS M.W. LIMITADA, representada por Patricio Muñoz Molina, ambos domiciliados en calle Asturias N°280, oficina 301, Las Condes, Región Metropolitana, 11) ASESORÍAS Y SERVICIOS EL VATICANO S.A., representada por Carlos Rivas García-Huidobro, ambos domiciliados en Vaticano N°3850, Las Condes, Región Metropolitana, 12) INVERSIONES PUNTA QUELEN LIMITADA, representada por Jorge Ayala Marfil, ambos domiciliados en calle Asturias N°280, piso 5, Las Condes, Región Metropolitana y 13) INVERSIONES AMOLANAS DOS LIMITADA, representada por Jorge Ayala Marfil y Ricardo Enrique Ayala Marfil, todos domiciliados en calle Asturias N°280, piso 5, Las Condes, Región Metropolitana; quienes modificaron la sociedad INMOBILIARIA LOMAS DE ASÍS LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 23.308 N°18.803 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1995, en la siguiente forma: 1.- INVERSIONES AMOLANAS LIMITADA, a través de su representante legal, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en INMOBILIARIA LOMAS DE ASIS LIMITADA ascendentes a un 9,81% de los derechos sociales a la sociedad INVERSIONES AMOLANAS DOS LIMITADA, por la suma de $959.790.707.-, quien compra, acepta y adquiere para sí, a través de su representante legal. El precio será pagado dentro del plazo de noventa días a contar de esta fecha, en dinero efectivo. En consecuencia, INVERSIONES AMOLANAS LIMITADA a contar de esta fecha, deja de ser socia de la Sociedad e ingresa como nueva socia INVERSIONES AMOLANAS DOS LIMITADA; 2.- Los actuales y únicos socios de INMOBILIARIA LOMAS DE ASÍS LIMITADA, debidamente representados, acuerdan aumentar el capital social, de la suma de de $7.502.314.178.- a la suma de $13.160.288.178.-.; 3.- Como consecuencia de la cesión de derechos y aumento de capital singularizados en los números 1 y 2 precedentes, se modifica artículo quinto de los estatutos, sustituyéndolo por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de trece mil ciento sesenta millones doscientos ochenta y ocho mil ciento setenta y ocho pesos, que han sido aportados por los socios en las siguientes proporciones: A) INVERSIONES SAN CARLOS LIMITADA, la suma de cinco mil doscientos sesenta y cuatro millones ciento quince mil doscientos setenta y un pesos, representativos de un cuarenta por ciento del haber social, de los cuales tres mil millones novecientos veinticinco mil seiscientos setenta y un pesos se encuentran pagados en su totalidad con anterioridad a esta fecha y los restantes dos mil doscientos sesenta y tres millones ciento ochenta y nueve mil seiscientos pesos los pagará dentro del plazo máximo de sesenta días a contar de la fecha de la presente escritura; B) INVERSIONES HIGUERILLAS LIMITADA, la suma de quinientos veintiséis millones cuatrocientos once mil quinientos veintisiete pesos, representativos de un cuatro por ciento del haber social, de los cuales trescientos millones noventa y dos mil quinientos sesenta y siete pesos se encuentran pagados en su totalidad con anterioridad a esta fecha y los restantes doscientos veintiséis millones trescientos dieciocho mil novecientos sesenta pesos los pagará dentro del plazo máximo de sesenta días a contar de la fecha de la presente escritura; C) INVERSIONES HIGUERILLAS UNO LIMITADA, la suma de trescientos millones noventa y dos mil quinientos sesenta y siete pesos, representativos de un dos coma veintiocho por ciento del haber social, los que pagará en su totalidad dentro del plazo máximo de sesenta días a contar de la fecha de la presente escritura; D) INVERSIONES FARDELA LIMITADA, la suma de quinientos veintiséis millones cuatrocientos once mil quinientos veintisiete pesos, representativos de un cuatro por ciento del haber social, de los cuales trescientos millones noventa y dos mil quinientos sesenta y siete pesos se encuentran pagados en su totalidad con anterioridad a esta fecha y los restantes doscientos veintiséis millones trescientos dieciocho mil novecientos sesenta pesos los pagará en su totalidad dentro del plazo máximo de sesenta días a contar de la fecha de la presente escritura; E) INVERSIONES HIGUERILLAS TRES LIMITADA, la suma de setecientos cincuenta y dos millones setecientos treinta mil cuatrocientos ochenta y siete pesos, representativos de cinco coma setenta y dos por ciento del haber social, de los cuales trescientos millones noventa y dos mil quinientos sesenta y siete pesos se encuentran pagados en su totalidad con anterioridad a esta fecha y los restantes cuatrocientos cincuenta y dos millones seiscientos treinta y siete mil novecientos veinte pesos los pagará en su totalidad dentro del plazo máximo de sesenta días a contar de la fecha de la presente escritura; F) INVERSIONES HIGUERILLAS CUATRO LIMITADA, la suma de quinientos veintiséis millones cuatrocientos once mil quinientos veintisiete pesos, representativos de un cuatro por ciento del haber social, de los cuales trescientos millones noventa y dos mil quinientos sesenta y siete pesos se encuentran pagados en su totalidad con anterioridad a esta fecha y los restantes doscientos veintiséis millones trescientos dieciocho mil novecientos sesenta pesos los pagará en su totalidad dentro del plazo máximo de sesenta días a contar de la fecha de la presente escritura; G) RENTAS ENJOY LIMITADA, la suma de doscientos sesenta y tres millones doscientos cinco mil setecientos sesenta y cuatro pesos, representativo de un dos por ciento del haber social, de los cuales ciento cincuenta millones cuarenta y seis mil doscientos ochenta y cuatro pesos se encuentran pagados en su totalidad con anterioridad a esta fecha y los restantes ciento trece millones ciento cincuenta y nueve mil cuatrocientos ochenta pesos los pagará en su totalidad dentro del plazo máximo de sesenta días a contar de la presente escritura; H) INVERSIONES AMOLANAS DOS LIMITADA, la suma de mil ciento seis millones ocho mil quinientos veinte pesos, representativos de un ocho coma cuatro por ciento del haber social, de los cuales setecientos treinta y cinco millones novecientos setenta y siete mil veintiún pesos se encuentran pagados con anterioridad a esta fecha y los restantes trescientos setenta millones treinta y un mil cuatrocientos noventa y nueve pesos los pagará en su totalidad dentro del plazo máximo de sesenta días a contar la fecha de la presente escritura; I) IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA AMALFI SpA, la suma de tres mil cuatrocientos veinte millones trescientos cincuenta y ocho mil ochocientos noventa y ocho pesos, representativos de un veinticinco coma noventa y nueve por ciento el haber social, de los cuales mil novecientos cuarenta y nueve millones ochocientos cincuenta y un mil cuatrocientos cincuenta y cinco pesos se encuentran pagados en su totalidad con anterioridad a esta fecha y los restantes mil cuatrocientos setenta millones quinientos siete mil cuatrocientos cuarenta y tres pesos los pagará en su totalidad dentro del plazo máximo de sesenta días a contar de la fecha de la presenta escritura; J) ASESORÍA Y PROYECTOS M.W. LIMITADA, la suma de ciento cincuenta y siete millones novecientos veintitrés mil cuatrocientos cincuenta y ocho pesos, representativos de un uno coma dos por ciento del haber social, de los cuales noventa millones veintisiete mil setecientos setenta pesos se encuentran pagados en su totalidad con anterioridad a esta fecha y los restantes sesenta y siete millones ochocientos noventa y cinco mil seiscientos ochenta y ocho pesos los pagará en su totalidad dentro del plazo máximo de sesenta días a contar de la fecha de la presenta escritura; K) ASESORÍAS Y SERVICIOS EL VATICANO S.A., la suma de ciento treinta y un millones seiscientos dos mil ochocientos ochenta y dos pesos, representativos de un uno por ciento del haber social, de los cuales setenta y cinco millones veintitrés mil ciento cuarenta y dos pesos se encuentran pagados en su totalidad con anterioridad a esta fecha y los restantes cincuenta y seis millones quinientos setenta y nueve mil setecientos cuarenta pesos los pagará en su totalidad dentro del plazo máximo de sesenta días a contar de la fecha de la presenta escritura; y L) INVERSIONES PUNTA QUELEN LIMITADA, la suma de ciento ochenta y cinco millones quince mil setecientos cincuenta pesos, representativos de un uno coma cuarenta y un por ciento del haber social, los que pagará en su totalidad dentro del plazo máximo de sesenta días a contar de la fecha de la presente escritura. Se deja constancia que transcurrido el plazo de sesenta días en que los socios se comprometen a pagar sus aportes, el capital se encontrará pagado en su totalidad.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada, y no son materia de extracto. Santiago, 03 de diciembre, 2019.