MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIALIZADORA Y PANIFICADORA LOS PLACERES Y COMPAÑIA LIMITADA

RUT 76532465-3 CVE 1721393
Capital
$18.400.000 CLP
Fecha instrumento
22 de mayo de 2019

Instrumento

Fecha
22 de mayo de 2019
Repertorio
2663
Notario
Gabriel Ferrand Miranda
Domicilio
Valparaíso

Sociedad

Capital
$18.400.000 CLP
Domicilio
Para todos los efectos legales derivados del presente contrato, los comparecientes fijan su domicilio y el de la sociedad en la ciudad de Valparaíso
Ley aplicable
ley 14.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Gabriel Ferrand Miranda, Notario Público titular de Valparaíso, calle Prat 829, certifica: Por escritura publica ante mí don DÁMASO JESÚS ELIZALDE CÓRDOBA, C.I. 6.579.389-k, y doña MARCELA DEL ROSARIO ROUSE BORIES, C.I. 8.614.424-7, ambos domiciliados en avenida Los Placeres N° 359, cerro Los Placeres, Valparaíso, representantes y socios Sociedad “COMERCIALIZADORA Y PANIFICADORA LOS PLACERES Y COMPAÑIA LIMITADA”. Además para efectos del saneamiento, don LUIS PABLO HENRIQUEZ REPETTO, C.I. 7.824.514-K, domiciliado en calle 15 Norte N° 570, departamento 141, Viña del Mar. Sanean por ley 14.499 y modifican Sociedad de responsabilidad limitada bajo razón social denominada “COMERCIALIZADORA Y PANIFICADORA LOS PLACERES Y COMPAÑIA LIMITADA”, Rol Unico Tributario numero 76.532.465-3, constituida por Escritura Pública ante el Notario Público de Valparaíso don Marcos Díaz León anotada con el Repertorio N° 2663 del año 2012, e inscrita con el N° 1320 a fojas 1225v del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Viña del Mar, modificada por escritura pública 22 de mayo de 2019 ante el Notario Público de Viña del Mar don Luis Enrique Fischer Yavar anotada con el Repertorio N° 8581 del año 2019, publicada en el Diario Oficial con el N° 42.380 el día 15 de junio de 2019, la sociedad consolida un capital social de $18.400.000.-(dieciocho millones cuatrocientos mil pesos). Saneamiento y modificaciones consisten: 1) Que la escritura de modificación por un error de redacción de la CLAUSULA DECIMO CUARTA, la cual señala “DEL DOMICILIO. Para todos los efectos legales derivados del presente contrato, los comparecientes fijan su domicilio y el de la sociedad en la ciudad de Valparaíso, sin perjuicio de las sucursales o agencias puedan establecer en el resto del país. Debiendo decir: DECIMO CUARTA: DEL DOMICILIO. Para todos los efectos legales derivados del presente contrato, los comparecientes fijan su domicilio y el de la sociedad en la ciudad de Viña del Mar, sin perjuicio de las sucursales o agencias puedan establecer en el resto del país. Valparaíso, Enero 28 de 2020.