MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CCL SEGURIDAD MARÍTIMA SpA

RUT 76346787-2 CVE 1721578
Capital
$132.000.000 CLP
Fecha instrumento
6 de enero de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de enero de 2020
Repertorio
325-2020
Notario
KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
Domicilio
don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$132.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, abogada, Notario Público Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público Titular de la 36 Notaría de Santiago, con oficio en calle La Concepción N° 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 6 de enero de 2020, repertorio 325-2020, ante titular, se redujo a escritura pública acta de junta extraordinaria de accionistas celebrada el día 11 de diciembre de 2019, en virtud de la que María Amalia Cubillos Toro, María Pía Cubillos Guzmán, Asesorías AGI Limitada, debidamente representada, Inversiones TCK Limitada, debidamente representada y María Fernanda Junco Sotomayor, únicos y actuales accionistas de CCL SEGURIDAD MARÍTIMA SpA modificaron esta última en sentido de aumentar el capital de la sociedad de $132.000.000, dividido en 13.550 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, íntegramente suscrito y pagado, a la suma de $180.852.405, dividido en 18.565 acciones de una misma serie, nominativas, todas de un mismo valor y sin valor nominal. El monto del aumento de capital correspondiente a $48.852.405, se suscribe y paga mediante la emisión de 5.015 nuevas acciones de pago íntegramente pagadas y suscritas según consta en escritura extractada. Se reemplaza el texto del artículo quinto permanente de los estatutos, por el siguiente: "ARTICULO QUINTO: El capital de la sociedad será la cantidad de $180.852.405, dividido en 18.565 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga en la forma establecida en el artículo primero transitorio". Se reemplaza artículo primero transitorio. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de enero de 2020.