AGRÍCOLA LA CASTELLANA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de diciembre de 2019
- Notario
- PATRICIO RABY BENAVENTE
- Oficio
- 5 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.949.527.770 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO RABY BENAVENTE, abogado, Notario Público Titular 5 Notaría Santiago, Gertrudis Echenique 30, of. 32, Santiago, certifico que por escritura pública de 11 de diciembre de 2019, ante mí, Alfonso Duval Cerda, domiciliado en calle Las Fresas N° 4.436, depto. 9-B, comuna de Vitacura; Alfonso Duval Délano, domiciliado en Av. El Tranque N° 10.400, depto. 32-D, comuna de Lo Barnechea; Luz María Duval Délano, domiciliada en calle Las Fresas N° 4.436, depto. 8-B, comuna de Vitacura; Marcela María Duval Délano, domiciliada en Camino Cerro Alto N° 10.020, depto. 41-B, comuna de Lo Barnechea; María Raquel Duval Délano, domiciliada en El Taihuén N° 12.501, depto. 84, comuna de Lo Barnechea; Mónica del Carmen Duval Délano, domiciliada en calle Las Fresas N° 4.436, depto. 3-B, comuna de Vitacura; y Juan Carlos Duval Délano, domiciliado en calle Las Fresas N° 4.436, depto. 8-A, comuna de Vitacura; todos de la ciudad de Santiago; actuales socios de AGRÍCOLA LA CASTELLANA LIMITADA, acordaron: (I) Dejar constancia del fallecimiento de la socia Raquel Délano Concha, incorporándose por sucesión por causa de muerte a la sociedad sus herederos, Alfonso, Luz María, Marcela María, María Raquel, Mónica del Carmen y Juan Carlos, todos de apellidos Duval Délano, quienes en acto particional se adjudicaron a cada uno, un 6,3670% de los derechos sociales de la causante, de modo que quedan como actuales y únicos socios de Agrícola La Castellana Limitada, las siguientes personas con los derechos que se indican: Alfonso Duval Cerda, con un 15,4874% de los derechos sociales; Alfonso Duval Délano, con un 29,6670% de los derechos sociales; Luz María Duval Délano, con un 9,6670% de los derechos sociales; Marcela María Duval Délano, con un 9,6670% de los derechos sociales; María Raquel Duval Délano, con un 9,6670% de los derechos sociales; Mónica del Carmen Duval Délano, con un 9,6670% de los derechos sociales; y Juan Carlos Duval Délano, con un 16,1780% de los derechos sociales. (II) Modificar el artículo cuarto de los estatutos sociales, a fin de reflejar la actual composición de la sociedad, sustituyendo íntegramente dicho artículo por uno del siguiente tenor: “CUARTO: El capital social es la suma de $5.949.527.770.-, que los socios han pagado y se distribuyen de la siguiente forma: (a) Alfonso Duval Cerda, con $921.456.911.-, equivalentes aproximadamente a un 15,4874% del capital social; (b) Alfonso Duval Délano, con $1.765.047.395.-, equivalentes aproximadamente a un 29,6670% del capital social; (c) Luz María Duval Délano, con $575.141.841.-, equivalentes aproximadamente a un 9,6670% del capital social; (d) Marcela María Duval Délano, con $575.141.841.-, equivalentes aproximadamente a un 9,6670% del capital social; (e) María Raquel Duval Délano, con $575.141.841.-, equivalentes aproximadamente a un 9,6670% del capital social; (f) Mónica del Carmen Duval Délano, con $575.141.841.-, equivalentes aproximadamente a un 9,6670% del capital social; y (g) Juan Carlos Duval Délano, con $962.456.102.-, equivalentes aproximadamente a un 16,1780% del capital social.” (III) Modificar el artículo sexto de los estatutos sociales, relativo a la administración de la sociedad, a fin de que esta corresponda individualmente a Alfonso Duval Délano e incorporar que, en caso de su ausencia, incapacidad o fallecimiento, circunstancias que no será necesario acreditar ante terceros, la administración social sea ejercida por dos cualesquiera de los socios, reemplazando al efecto el referido artículo de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de diciembre de 2019.- P. Raby. B. Notario Público, 5 Notaría de Santiago.