SERVICIO DE COMPRA INDUSTRIAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de enero de 2020
- Repertorio
- 145-2020
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| JOSÉ LUIS HERMOSILLA CERDA | socio | 10960173-K | — | — | |
| FANNY HELLEN SEPÚLVEDA ORTEGA | socio | 12205358-K | — | — | |
| MARGOT DEL CARMEN ORTEGA MENDEZ | socio | 5910596-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSAMY HAWA ARELLANO, Abogado, Notario de Concepción, Suplente del Titular don Ramón García Carrasco, con oficio en calle Rengo 444 de Concepción, certifico: Que por escritura pública, ante mí, fecha 06 de Enero de 2020, Repertorio N° 145-2020, JOSÉ LUIS HERMOSILLA CERDA, RUT 10.960.173-K, y FANNY HELLEN SEPÚLVEDA ORTEGA, RUT 12.205.358-K y MARGOT DEL CARMEN ORTEGA MENDEZ, Cédula de Identidad 5.910.596-5, todos con domicilio en Ramón Carrasco Nº 231 casa 53, de la comuna de Concepción, modificaron sociedad de responsabilidad limitada, denominada “SERVICIO DE COMPRA INDUSTRIAL LIMITADA”, RUT 76.033.766-8, constituida por escritura pública de 27 de agosto de 2008, otorgada ante Notario Público Interino de Concepción don Carlos Alberto Alvarez Núñez, cuyo extracto se inscribió a fojas ciento veintisiete bajo el número ciento trece del Registro de Comercio del Conservador de San Pedro de la Paz del año 2008 y publicado en el LUIS HERMOSILLA CERDA, vende, cede y transfiere el cien por ciento de sus derechos sociales a doña MARGOT DEL CARMEN ORTEGA MENDEZ, quien acepta, adquiere y compra dichos derechos correspondientes al noventa por ciento del capital social, acto que de común acuerdo las partes cedentes y cesionaria atribuyen y fijan en un valor equivalente a la suma de dos millones setecientos mil pesos, que la cesionaria paga en este acto en dinero efectivo, aporte que los comparecientes aceptan a su entera conformidad. Como consecuencia de cesión, el capital social de la sociedad queda distribuido de la siguiente forma: A doña FANNY HELLEN SEPÚLVEDA ORTEGA, le corresponde el diez por ciento de los derechos sociales, y a doña MARGOT DEL CARMEN ORTEGA MENDEZ, le corresponde el noventa por ciento de los derechos sociales. Se modifica contrato social, ampliando su objeto social al TRANSPORTE POR CARRETERA, giro que se incorpora además de los ya establecidos en el contrato social original. También modifican por el presente instrumento el estatuto social, en relación con la administración, representación y uso de la razón social, radicándose en esta modificación dicha administración, representación y uso de la razón social exclusivamente en doña FANNY HELLEN SEPÚLVEDA ORTEGA, quien anteponiendo a su firma la razón social, podrá representar y administrar la sociedad y hacer uso de la razón social con todas y cada una de las atribuciones establecidas en la referida cláusula relativa a la administración en dichos estatutos sociales. Demás estipulaciones escritura extractada.- Concepción, 29 enero 2020.