MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Murray Internacional III SpA

RUT 77077132-3 CVE 1721083
Fecha instrumento
6 de enero de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de enero de 2020
Comuna
Santiago

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la obtención de rentas e inversiones de capitales mobiliarios locales o que provengan del exterior, en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica o en otras divisas (en este último caso, sólo en caso que la mayor parte o parte sustancial de dichas rentas e inversiones sean en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica). La sociedad podrá obtener rentas de la realización de toda clase de inversiones locales o en el exterior, sean en bienes muebles, corporales o incorporales, en todo tipo de efectos de comercio, en derechos en todo tipo de sociedades, ya sea concurriendo a su formación o adquiriendo derechos en ellas una vez constituidas; de la administración de tales inversiones en moneda extranjera, y percibir todos los frutos provenientes de éstas, y en general de todo otro acto, contrato, negocio, actividad o industria que los accionistas acuerden realizar; bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia o instrumentos de deuda de oferta pública

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente del Titular de la 33° Notaria de Santiago, de don Iván Torrealba Acevedo, Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifico: 1) Haber tenido a la vista con esta fecha el Registro de Accionistas de Inversiones Murray Internacional III SpA donde con fecha 6 de enero de 2020, figuraba como único accionista Bernardo Eduardo Matte Larraín; y 2) Que por instrumento privado de fecha 6 de enero de 2020, protocolizado en esta notaría con esa misma fecha, ante mí, en el registro del mes de enero del mismo año, bajo el N° 336-2020 protocolizado N° 51, el único accionista de Inversiones Murray Internacional III SpA: (A) Modificó los estatutos sociales respecto a las siguientes materias: (i) modificó el actual nombre o razón social de Inversiones Murray Internacional III SpA por Inversiones Ajax SpA, sustituyendo íntegramente el artículo primero de los estatutos. (ii) modificó el objeto social, a fin de que pueda realizar inversiones en capitales mobiliarios locales o extranjeros, en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica o en otras divisas, siempre que la mayor parte o parte sustancial de las rentas e inversiones, sean en dólares de los Estados Unidos de América, sustituyendo íntegramente el artículo tercero de los estatutos. (iii) aumentó el capital social de 100.000 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal a 100.100.000 dólares de los Estados Unidos de América dividido en 10.010.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, esto es, en 100.000.000 dólares de los Estados Unidos de América mediante la emisión en el mismo acto y de una sola vez de 10.000.000 de acciones de pago al valor mínimo de 10 dólares de los Estados Unidos de América por acción. Dichas acciones fueron íntegramente suscritas en el mismo acto por Bernardo Eduardo Matte Larraín y se pagarán de contado y en dinero efectivo dentro del plazo máximo de 5 años contados desde la fecha del aumento de capital. Sustituyó íntegramente los artículos quinto permanente y primero transitorio de los estatutos. (B) Modificó los estatutos sociales respecto a materia no extractable. (C) Dictó un texto refundido de los estatutos sociales reformados, que comprende de manera orgánica y sistemática todas las modificaciones introducidas. Nombre: Inversiones Ajax SpA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la obtención de rentas e inversiones de capitales mobiliarios locales o que provengan del exterior, en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica o en otras divisas (en este último caso, sólo en caso que la mayor parte o parte sustancial de dichas rentas e inversiones sean en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica). La sociedad podrá obtener rentas de la realización de toda clase de inversiones locales o en el exterior, sean en bienes muebles, corporales o incorporales, en todo tipo de efectos de comercio, en derechos en todo tipo de sociedades, ya sea concurriendo a su formación o adquiriendo derechos en ellas una vez constituidas; de la administración de tales inversiones en moneda extranjera, y percibir todos los frutos provenientes de éstas, y en general de todo otro acto, contrato, negocio, actividad o industria que los accionistas acuerden realizar; bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia o instrumentos de deuda de oferta pública. Capital: 100.100.000 dólares de los Estados Unidos de América dividido en 10.010.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal. Capital suscrito y pagado: 100.000 dólares de los Estados Unidos de América. Demás estipulaciones constan en instrumento privado protocolizado que se extracta. Santiago, 23 de enero de 2020.