INMOBILIARIA MONTESOL TRES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de octubre de 2016
- Notario
- FÉLIX JARA CADOT
- Oficio
- 41ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFÉLIX JARA CADOT, Notario Público, Titular 41ª Notaria de Santiago, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritu ra pública hoy, ante mí, JUAN DE LA CRUZ GARRIDO DÍAZ, INVERSIONES HOLDING LOGA DOS LIMITADA, CONSTRUCTORA LOGA LIMITADA, INVERSIONES INMOBILIARIA LOGA LIMITADA, MARÍA HIGINIA CASTRO LINEROS, NATALIA ANDREA GARRIDO CASTRO, JUAN JOSÉ GARRIDO CASTRO, MARÍA GRACIELA GARRIDO CASTRO, todos domiciliados para estos efectos en calle Esmeralda número 340, oficina 1310, Piso 13, Edificio Esmeralda, ciudad de Iquique, Primera Región de Tarapacá, de paso por esta, modificaron la sociedad denominada INMOBILIARIA MONTESOL TRES LIMITADA, como sigue: UNO) Se da cuenta de los aportes efectuados, mediante escritura pública de fecha 19 de octubre de 2016, otorgada en la Notaría de Iquique de doña María Antonieta Niño Zepeda Parra, que fueron los siguientes: don JUAN DE LA CRUZ GARRIDO DÍAZ, aportó el total de su participación en “INMOBILIARIA MONTESOL TRES LIMITADA”, ascendente a quinientos mil pesos, equivalentes al cinco por ciento de los derechos sociales, a la sociedad “INVERSIONES HOLDING LOGA DOS LIMITADA”; doña MARÍA HIGINIA CASTRO LINEROS, aportó el total de su participación en “INMOBILIARIA MONTESOL TRES LIMITADA”, ascendente a quinientos mil pesos, equivalentes al cinco por ciento de los derechos sociales, a la sociedad “INVERSIONES HOLDING LOGA DOS LIMITADA”; doña NATALIA ANDREA GARRIDO CASTRO, aportó el total de su participación en “INMOBILIARIA MONTESOL TRES LIMITADA”, ascendente a dos millones quinientos mil pesos, equivalentes al veinticinco por ciento de los derechos sociales, a la sociedad “INVERSIONES HOLDING LOGA DOS LIMITADA”; don JUAN JOSÉ GARRIDO CASTRO, aportó el total de su participación en “INMOBILIARIA MONTESOL TRES LIMITADA”, ascendente a dos millones quinientos mil pesos, equivalentes al veinticinco por ciento de los derechos sociales, a la sociedad “INVERSIONES HOLDING LOGA DOS LIMITADA”; y doña MARÍA GRACIELA GARRIDO CASTRO, aportó el total de su participación en “INMOBILIARIA MONTESOL TRES LIMITADA”, ascendente a dos millones quinientos mil pesos, equivalentes al veinticinco por ciento de los derechos sociales, a la sociedad “INVERSIONES HOLDING LOGA DOS LIMITADA”. DOS) Se da cuenta, además, de la división de CONSTRUCTORA LOGA LIMITADA mediante escritura pública de fecha 1 de diciembre del año 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot, en virtud de la cual se asignó la totalidad de los derechos que le pertenecían en INMOBILIARIA MONTESOL TRES LIMITADA, a la sociedad naciente INVERSIONES INMOBILIARIA LOGA LIMITADA. TRES) Como consecuencia de todo lo anterior, se acordó la modificación de la cláusula quinta del estatuto social vigente por la siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de diez millones de pesos, que los socios han aportado en dinero efectivo, del modo que se indica a continuación: a) INVERSIONES HOLDING LOGA DOS LIMITADA, aporta la cantidad de ocho millones quinientos mil pesos, equivalente al ochenta y cinco por ciento del total de derechos sociales; y b) INVERSIONES INMOBILIARIA LOGA LIMITADA, aporta la cantidad de un millón quinientos mil pesos, equivalente al quince por ciento del total de derechos sociales.”. Además modificaron la sociedad en materia no extractable. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 13 de diciembre de 2019. Félix Jara Cadot. N.P.