MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Estudio Carvallo Abogados Limitada

RUT 77250350-4 CVE 1721067
Capital
$166.509.642 CLP
Fecha instrumento
23 de diciembre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
23 de diciembre de 2019
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$166.509.642 CLP
Duración
5 años contados desde la fecha de la publicación del extracto de la misma en el Diario Oficial, entendiéndose tácita y sucesivamente renovada por periodos de iguales 5 años cada uno, en la forma indicada en la escritura extractada

Objeto social

a) La realización de inversiones en toda clase bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; b) La participación como inversionista en toda clase de negocios, sociedades o empresas o la constitución o desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; c) La prestación de servicios profesionales y técnicos, por cuenta propia o ajena, en las áreas de finanzas, economía, gestión de negocios, organización y)o administración de empresas, manejo de recursos y personal, y en general de todas aquellas áreas de actividad relacionadas con el desarrollo, funcionamiento y ejecución de toda clase de negocios y empresas, y cualquiera otra actividad relacionada directa o indirectamente con lo anterior que los socios acuerden; y d) En general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los socios estimen necesarios o convenientes para tales objetivos

Administración

corresponderá exclusivamente a un Consejo Directivo, integrado por tres miembros: Javier Alberto Carvallo Pardo, Pablo Andrés Campino Edwards y Manuel Eduardo Carvallo Pardo, con las facultades indicadas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Ricardo San Martín Urrejola, Abogado, Notario Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, comuna y ciudad de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2019, otorgada ante mí,Crawford Carvallo SpA, domiciliada para estos efectos en calle Coyancura número 2283, piso 9, comuna de Providencia, Región Metropolitana e Inmobiliaria e Inversiones Puclaro Limitada, domiciliada para estos efectos en calle Coyancura número 2283, piso 11, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en su calidad de únicos socios de ESTUDIO CARVALLO ABOGADOS LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 29.721 número 23.827 del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 1998, acordaron: i) Dividir la sociedad en dos sociedades de responsabilidad limitada, de las cuales,Estudio Carvallo Abogados Limitada, mantendrá su personalidad jurídica y actuará como continuadora legal, creándose además la nueva sociedad Inversiones Carvallo Limitada. ii) Como consecuencia de la división señalada, se acordó la modificación de estatutos de Estudio Carvallo Abogados Limitada, en el sentido de disminuir el capital social desde la suma de $287.963.457 a la suma de $121.453.815, es decir, en la suma de $166.509.642. iii)En virtud de lo anterior, se reemplazó la cláusula séptima de los estatutos sociales de Estudio Carvallo Abogados Limitada por el siguiente: “Séptimo: El capital de la sociedad es la cantidad de $121.453.815, que se encuentra aportado por los socios en la siguiente proporción: (i) Crawford Carvallo SpA, la suma de $97.163.052, equivalente al 80% del capital e interés social; y (ii) Inmobiliaria e Inversiones Puclaro Limitada, la suma de $24.290.763, equivalente al 20% del capital e interés social. Todos los aportes han sido íntegramente enterados en arcas sociales con anterioridad.”En todo lo no modificado por la escritura extractada, se mantienen vigentes los estatutos sociales, especialmente en cuanto a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. iv) Aprobar los estatutos de Inversiones Carvallo Limitada, que nació producto de la división: Crawford Carvallo SpA , domiciliada para estos efectos en calle Coyancura número 2283, piso 9, comuna de Providencia, Región Metropolitana e Inmobiliaria e Inversiones Puclaro Limitada, domiciliada para estos efectos en calle Coyancura número 2283, piso 11, comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón social “Inversiones Carvallo Limitada”, pudiendo usar para efectos comerciales, bancarios, tributarios o de publicidad la expresión “InversionesCarvallo Ltda.”.Administración y uso de la razón social: corresponderá exclusivamente a un Consejo Directivo, integrado por tres miembros: Javier Alberto Carvallo Pardo, Pablo Andrés Campino Edwards y Manuel Eduardo Carvallo Pardo, con las facultades indicadas en escritura extractada. Capital social: $166.509.642, el cual ha sido aportado y pagado por los socios en las siguientes proporciones y forma: a) Crawford Carvallo SpA, la cantidad de $133.207.714, equivalentes aproximadamente al 80% del capital e interés social; y b) Inmobiliaria e Inversiones Puclaro Limitada, la cantidad de $33.301.928, equivalentes aproximadamente al 20% del capital e interés social. Objeto: a) La realización de inversiones en toda clase bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; b) La participación como inversionista en toda clase de negocios, sociedades o empresas o la constitución o desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; c) La prestación de servicios profesionales y técnicos, por cuenta propia o ajena, en las áreas de finanzas, economía, gestión de negocios, organización y/o administración de empresas, manejo de recursos y personal, y en general de todas aquellas áreas de actividad relacionadas con el desarrollo, funcionamiento y ejecución de toda clase de negocios y empresas, y cualquiera otra actividad relacionada directa o indirectamente con lo anterior que los socios acuerden; y d) En general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los socios estimen necesarios o convenientes para tales objetivos. Duración: 5 años contados desde la fecha de la publicación del extracto de la misma en el Diario Oficial, entendiéndose tácita y sucesivamente renovada por periodos de iguales 5 años cada uno, en la forma indicada en la escritura extractada. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador de extracto para legalización. Santiago, 22 de enero de 2020.