CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

DR JUAN ALVARADO SpA

CVE 1720757
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de enero de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de enero de 2020
Notario
María Soledad Santos Muñoz
Oficio
7ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Soledad Santos Muñoz, Notario Público Titular de la 7ª Notaría de Santiago, con Oficio en Agustinas número 1161, entrepiso, certifica: por escritura pública, de hoy ante mí, Don JUAN CARLOS ALVARADO BARRIENTOS, Chileno, Casado, Medico, con domicilio en Vicente Mendez número 75, comuna de Chillan, Región del Biobío constituye una sociedad por acciones como sigue: Razón social "DR JUAN ALVARADO SpA" pudiendo usar como nombre de fantasía ante terceros, y en especial ante los bancos, el de "UNIDAD MEDICA INTEGRAL".- El Objeto de la presente sociedad será: a) prestar servicios médicos profesionales, generales y especializados, y servicios de salud de todo tipo, generales y especialidades, en atención médica, visita de pacientes a domicilio, atención a todo tipo de pacientes, atención y consultas médica a particulares, en convenio con empresas y otros organismos particulares, fiscales o de otra índole, ya sea en clínicas u hospitales, universidades, consultas propias o ajenas, la atención de enfermos, capacitación a asistentes terapéuticos, talleres de capacitación, evaluación de tratamientos, y asesorías médicas en general, realización de proyectos médico de todo tipo, constitución de centros médicos en general y especializados; b) comercialización insumos médicos, al por mayor y menor, medicamentos y equipos, y en general todo tipo de insumos que tengan relación con el giro principal de la empresa representaciones en general, relacionada con medicina en general; c) tratamiento y rehabilitación de toda clase de enfermedades y pacientes, sin perjuicio de poder dedicarse a cualquier otro giro, negocio o actividad, relacionado directa o indirectamente con los objetos anteriores, que los socios acuerden, dedicarse a todo lo que diga relación en tecnología médica y toda actividad vinculada a la salud, en sus más amplios aspectos, incluyendo actividades docentes, de investigación, extensión, administración y producción, servicios, productos, manufactura y toda creación intelectual y material, y además venta, compra, representación, distribución, consignación, exportación, arrendamiento, subarrendamiento, contratos leasing, promesas, y en general, la comercialización de todo tipo de productos naturales, agropecuarios o manufacturados, alimenticios, de vestuario, electrónica, hogar, oficina e industria en general de todo el rubro de la medicina, por mayor o detalle, cualquiera sea su naturaleza, género, especie, marca, origen, manufactura o denominación, en sus más amplios aspectos y bajo cualquier régimen legal, reglamentario, contractual, económico o tributario, incluido regímenes de zona Franca, libre comercio zonal, regional o internacional y/o cualquier otra actividad que los socios acuerden y que tenga el carácter de acto de comercio; d) Constituir y participar de toda clase de sociedades y toda otra actividad que acuerden los accionistas, especialmente la realización de todo tipo de eventos o servicios, sean financieros, publicitarios, informáticos, educativos, de prestación de servicios, asesorías profesionales y de capacitación, sea por cuenta propia o a través de terceros; e) contratación y subcontratación de personal; f) Toda otra actividad que él o los socios acuerden desarrollar Capital $1.000.000, dividido en 1.000 acciones sin valor nominal, todas de una misma serie, se suscriben y paga en este acto y en dinero efectivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 29 de enero de 2020.-