Instrumento
- Fecha
- 23 de enero de 2020
- Notario
- GUSTAVO MONTERO MARTI
- Domicilio
- con oficio Avda. Apoquindo 3076
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Domicilio legal de la Sociedad será la ciudad de Santiago
Objeto social
- La sociedad podrá concurrir a la formación o constitución de nuevas sociedades, a modificar los estatutos de las que pase a ser socia y tomar parte en su administración; N) La promoción y desarrollo de negocios relacionados con el área de inversiones; Ñ) Y todas las actividades de bienes raíces, comercial o industrial afín o que los socios mutuamente acuerden;
Administración
Administración, representación y uso de la razón social corresponderá conjuntamente a ERIK PILL TORO RIVERA y a GABRIEL EDUARDO RODRIGUEZ DIAZ conjunta o separadamente uienes, anteponiendo a sus firmas la razón social, podrán actuar con todas y cada una de las facultades indicadas en el ARTÍCULO QUINTO de los estatutos, quienes tendrán el uso de la razón social y representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente con amplias facultades;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUSTAVO MONTERO MARTI, Notario Público, suplente, con oficio Avda. Apoquindo 3076, Of. 601, Las Condes, Santiago, Certifica: por escritura pública de fecha 23 de enero de 2020, ante mí, ERIK PILL TORO RIVERA, C.I. 7.933.505-3, y GABRIEL EDUARDO RODRIGUEZ DIAZ, C.I. 7.839.478-1, ambos domicilio Avda Marathon Nro 3509, Macul, Santiago, Región Metropolitana, constituyeron Sociedad Por Acciones, siguientes estipulaciones: Razón Social: "PAPER BAG SpA”, pudiendo actuar ante terceros, incluso Bancos, Financieras y S.I.I. con igual designación; Objeto de la Sociedad: será: A) Prestar servicios de todo tipo, en especial servicios de comercialización, importación, exportación y fabricación de bolsas, sacos y todo tipo de envases de papel; incluida la impresión, el troquelado, armado y pegado de todo tipo de bolsas y envases de papel; la compra, venta, representación, importación, exportación de insumos, productos, maquinarias y equipos necesarios para el objeto de la fabricación de todo tipo de bolsas y envases de papel; terminaciones diversas vinculadas a la industria gráfica, entre ellas lacado, termolaminado, troquelado, pegado, encuadernación, aplicaciones especiales, manualidades, y en general todos los servicios que el rubro gráfico requiere, contratando personal para estos efectos, efectuando compras, ventas, enajenaciones, reparación y arriendo de maquinaria y equipos. B) Invertir en toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, comprándolos, vendiéndolos, dándolos en leasing o arriendo, tales como maquinaria y equipos orientados a la industria gráfica, vehículos y automóviles de toda clase y naturaleza, acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades ya sean comerciales o valores; C) La comercialización, intermediación y representación de todo tipo de productos , insumos, especialmente aquellos vinculados con la industria gráfica para la concreción de diversos tipos de negocios, compras, ventas, importaciones y exportaciones; D) La representación de terceros, nacionales o extranjeros, en los rubros de intermediación, comercialización , compra , venta y prestación de servicios de diversa índole y naturaleza, considerando la posibilidad de importación de maquinaria, equipos e insumos, para su posterior exportación y venta fuera y dentro del país; E) La inversión, compra, venta, arrendamiento y leasing, de toda clase de bienes muebles y bienes raíces necesarios para el desarrollo del giro de la sociedad, incluyendo en estos viviendas, vehículos, elementos de trabajo y otros ; F) La construcción, arriendo, ampliación o remodelación de viviendas por cuenta propia o de terceros destinadas a los fines anteriores; G) El desarrollo de actividades y servicios, asesorías y desarrollo de proyectos, capacitación y preparación de terceros, ya sea directamente, por medio de terceros, o mediante la prestación de servicios de asesoría para la puesta en marcha, ejecución y manejo de tales actividades; H) La administración de proyectos, la instalación de elementos y la representación de productos y productores relacionados con el giro, ya sean nacionales o extranjeros, dentro y fuera del país, incorporando en esto la distribución de los eventuales bienes; I) La importación, exportación y arriendo de bienes muebles, elementos técnicos, maquinarias, vehículos y otros insumos necesarios para concretar y llevar a efecto inversiones, proyectos, ejecución de trabajos y otras materias similares, por cuenta propia o de terceros ; J) La participación en todo tipo de licitaciones relacionadas con el giro del negocio; K) La selección y capacitación del personal relacionado con el área de maquinaria, inversiones, industria, servicios, proyectos y asesorías; L) La compra y venta de bienes muebles necesarios para el desarrollo del giro, siendo ejecutable todas las actividades anteriores por cuenta propia o de terceros, dentro y fuera del país; M) La participación de toda clase de sociedades civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto.- La sociedad podrá concurrir a la formación o constitución de nuevas sociedades, a modificar los estatutos de las que pase a ser socia y tomar parte en su administración; N) La promoción y desarrollo de negocios relacionados con el área de inversiones; Ñ) Y todas las actividades de bienes raíces, comercial o industrial afín o que los socios mutuamente acuerden; Capital Social: de $2.000.000.-, dividido en 2.000.000 acciones nominativas, misma serie, sin valor nominal, se suscribe y paga por socios contado este acto siguiente forma: A.- ERIK PILL TORO RIVERA suscribe y paga 1.000.000 acciones, equivalentes $1.000.000.-; y B.- GABRIEL EDUARDO RODRIGUEZ DIAZ suscribe y paga la suma de 1.000.000 de acciones, equivalentes a $1.000.000.-; Duración de la Sociedad: Indefinida a contar fecha escritura que se extracta; Administración: Administración, representación y uso de la razón social corresponderá conjuntamente a ERIK PILL TORO RIVERA y a GABRIEL EDUARDO RODRIGUEZ DIAZ conjunta o separadamente uienes, anteponiendo a sus firmas la razón social, podrán actuar con todas y cada una de las facultades indicadas en el ARTÍCULO QUINTO de los estatutos, quienes tendrán el uso de la razón social y representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente con amplias facultades; Domicilio social: Domicilio legal de la Sociedad será la ciudad de Santiago. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 29 de enero de 2020. Gustavo Montero Martí.