CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INTERVASCULAR GROUP SpA

CVE 1720533
Fecha instrumento
22 de enero de 2020
Notaría
Rancagua

Instrumento

Fecha
22 de enero de 2020
Notario
Daniel V. Mondaca Pedrero
Oficio
Quinta Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Administración

- f) Importación, exportación y comercialización de insumos médicos, equipos médicos y sus accesorios; g) Compra – Venta de insumos médicos, equipos médicos y sus accesorios; h) Desarrollo, explotación y comercialización de soluciones en equipos médicos y sus accesorios; i) Brindar servicios de procesamiento de información estadística médica; j) Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipos médicos y sus accesorios k) La explotación de licencias, marcas comerciales, diseños industriales, tecnología y demás derechos de propiedad intelectual o industrial. Para el cumplimiento de los objetos señalados la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en coparticipación con terceros.- El CAPITAL de la sociedad es la suma de tres millones de pesos, dividido en cuatrocientas acciones nominativas y sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma que se señala en el artículo segundo transitorio, las que están totalmente suscritas y pagadas.- REPRESENTANTE LEGAL Y GERENTE GENERAL, el constituyente don LUIS VILLAROEL RIVERA, con las facultades establecidas en el artículo décimo primero de los estatutos sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Daniel V. Mondaca Pedrero, abogado, Notario Público de la Quinta Notaría de Rancagua, con oficio en avenida José de San Martín Nº 255, comuna de Rancagua, certifico que: Con fecha hoy, ante mí, don LUIS VILLAROEL RIVERA y doña PATRICIA ALEJANDRA CAÑETE CHANG, constituyeron una Sociedad por Acciones, bajo el nombre o RAZÓN SOCIAL de “INTERVASCULAR GROUP SpA”, sin embargo, podrá actuar y funcionar, inclusive en sus relaciones con los Bancos y otras instituciones con el nombre de fantasía “INTERVASCULAR SpA”. El OBJETO de la sociedad será:.- a) Invertir en toda clase de bienes muebles incorporases, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines. b) Prestación de servicios y asesorías de medicina, hemodinamia, angiografía, cardiología y cirugía humana, sea directamente a los beneficiarios o pacientes o a través de convenios con terceros, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado, nacional o extranjero, en toda el área, no implicando con ello limitación alguna. Lo anterior en las áreas médicas y clínicas, incluyendo control preventivo, diagnósticos y tratamientos de enfermedades respecto de pacientes que, ya sea directamente o a través de un centro hospitalario o clínico, acuda en demanda de sus servicios específicos; la instalación y atención de consultorios, centros médicos, clínicos u otros establecimientos relacionados con la cirugía y la salud y los demás negocios relacionados directa o indirectamente con los anteriores que los socios acuerden.- c) Otros servicios de atención de la salud humana prestado por empresas, en todas sus formas, esto es, a través de médicos, kinesiólogos, enfermeras universitarias, enfermeras, matronas, asistentes, auxiliares y/o técnicos de enfermería de nivel superior, fonoaudiólogos, terapeutas ocupacionales, psicólogos, y en general, todo tipo de profesional de la salud y de colaboración médica, tanto en medicina convencional como alternativa. Tales atenciones de la salud humana a prestar por la sociedad, podrán ser proporcionadas en centros médicos, hospitales, clínicas, centros de salud, centros de diálisis, centros médicos y, en general en cualquier recinto hospitalario tradicional o alternativo como en el domicilio del paciente o cualquier lugar donde éste se encuentre, esto es, en cualquier parte del territorio nacional o extranjero como acción propia de la actividad de la empresa y/o por mandato de terceros; d) La elaboración de proyectos, asesorías, enseñanza y estudios relacionados con la materia principal y accesoria de este objeto social; e) La sociedad podrá también constituir y administrar departamentos de investigación y docencia, pudiendo para estos efectos, hacer publicaciones escritas o audiovisuales y asesorías profesionales, y toda otra actividad conexa con la anterior.- e)Participar en otras sociedades, sean estas de cualquier índole, pudiendo hacer aportes en esta e incluso pudiendo participar en su administración.- f) Importación, exportación y comercialización de insumos médicos, equipos médicos y sus accesorios; g) Compra – Venta de insumos médicos, equipos médicos y sus accesorios; h) Desarrollo, explotación y comercialización de soluciones en equipos médicos y sus accesorios; i) Brindar servicios de procesamiento de información estadística médica; j) Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipos médicos y sus accesorios k) La explotación de licencias, marcas comerciales, diseños industriales, tecnología y demás derechos de propiedad intelectual o industrial. Para el cumplimiento de los objetos señalados la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros.- El CAPITAL de la sociedad es la suma de tres millones de pesos, dividido en cuatrocientas acciones nominativas y sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma que se señala en el artículo segundo transitorio, las que están totalmente suscritas y pagadas.- REPRESENTANTE LEGAL Y GERENTE GENERAL, el constituyente don LUIS VILLAROEL RIVERA, con las facultades establecidas en el artículo décimo primero de los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 22 de enero de 2020.