GESTIÓN PRO-NEGOCIOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de enero de 2020
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de auditoría y contabilidad a todo tipo de personas jurídicas y naturales, la realización de estudios de factibilidad y análisis económicos y financieros de empresas y de negocios en general, y en general todo tipo de asesorías. Además la realización de toda clase de inversiones en acciones, bonos, debentures y demás valores mobiliarios sin distinción; en bienes muebles. La adquisición, enajenación, comercialización y urbanización de bienes raíces por cuenta propia o ajena y el desarrollo de proyectos inmobiliarios en general; actuar como representante, agente, comisionista de empresas nacionales o extranjeras; la comercialización, exportación e importación, por cuenta propia o ajena de todo tipo de bienes corporales muebles
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, Titular 34 Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Comuna Providencia, CERTIFICO: Por escritura pública 22 Enero 2020, ante mi Suplente MANUEL RAMIREZ ESCOBAR, señores MARÍA SOLEDAD AHUMADA CARO, JUAN MIGUEL LOYOLA TRINCADO, ROBERTO ALONSO PEDRO TORRES AHUMADA, MIGUEL IGNACIO LOYOLA MANCILLA, domiciliados en esta ciudad y para estos efectos en calle Condell número seiscientos setenta y nueve, oficina trescientos seis, comuna de Providencia, región Metropolitana; modificaron sociedad GESTIÓN PRO-NEGOCIOS LIMITADA, inscrita a Fs. 26.730 Nº 17.756 Registro Comercio Santiago año 2013. CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES: i) MARÍA SOLEDAD AHUMADA CARO vende, cede y transfiere, el 20% de los derechos de la compañía, a don ROBERTO ALONSO PEDRO TORRES AHUMADA, quien los compra, adquiere y acepta para sí.- El precio de la presente venta de derechos sociales asciende a la suma de $7.200.000, que el comprador pagará al vendedor en veinticuatro cuotas iguales mensuales y sucesivas de trescientos mil pesos cada una a contar de esta fecha, sin intereses, pagaderas en pesos, moneda de curso legal.- ii) JUAN MIGUEL LOYOLA TRINCADO, vende, cede y transfiere, el equivalente al 20% de los derechos de la compañía, a don MIGUEL IGNACIO LOYOLA MANCILLA, quien los compra, adquiere y acepta para sí.- El precio de la presente venta de derechos sociales asciende a la suma de $7.200.000, que el comprador pagará al vendedor en veinticuatro cuotas iguales mensuales y sucesivas de trescientos mil pesos cada una a contar de esta fecha, sin intereses, pagaderas en pesos, moneda de curso legal. MODIFICACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DE LA SOCIEDAD. Los únicos y actuales socios de la compañía, MARÍA SOLEDAD AHUMADA CARO, JUAN MIGUEL LOYOLA TRINCADO, ROBERTO ALONSO PEDRO TORRES AHUMADA y MIGUEL IGNACIO LOYOLA MANCILLA, acuerdan modificar la sociedad y transformándola de sociedad de Responsabilidad Limitada a Sociedad por Acciones, adecuando su nombre y objeto, de cuyo estatuto se extracta: Nombre: A Y L CONSULTORES SpA. Su domicilio será la ciudad de Santiago. Objeto social: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de auditoría y contabilidad a todo tipo de personas jurídicas y naturales, la realización de estudios de factibilidad y análisis económicos y financieros de empresas y de negocios en general, y en general todo tipo de asesorías. Además la realización de toda clase de inversiones en acciones, bonos, debentures y demás valores mobiliarios sin distinción; en bienes muebles. La adquisición, enajenación, comercialización y urbanización de bienes raíces por cuenta propia o ajena y el desarrollo de proyectos inmobiliarios en general; actuar como representante, agente, comisionista de empresas nacionales o extranjeras; la comercialización, exportación e importación, por cuenta propia o ajena de todo tipo de bienes corporales muebles. Capital: $1.000.000, dividido en CIEN ACCIONES nominativas, sin valor nominal, todas de una misma y única serie, son suscritas íntegramente y pagadas por los accionistas fundadores en los siguientes términos: a) MARÍA SOLEDAD AHUMADA CARO, ha suscrito treinta acciones, íntegramente solucionadas en la forma señalada; b) JUAN MIGUEL LOYOLA TRINCADO, ha suscrito treinta acciones, íntegramente solucionadas en la forma señalada; c) ROBERTO ALONSO PEDRO TORRES AHUMADA, ha suscrito veinte acciones, íntegramente solucionadas en la forma señalada; y d) MIGUEL IGNACIO LOYOLA MANCILLA, ha suscrito veinte acciones, íntegramente solucionadas en la forma señalada. Por ende, la totalidad de las acciones se encuentran íntegramente suscritas y pagadas Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 Enero 2020.