Instrumento
- Fecha
- 24 de enero de 2020
- Notario
- TOMAS FERNANDEZ GOMEZ
- Oficio
- 2da Notaria de Antofagasta
- Comuna
- Antofagasta
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Objeto social
a) La construcción, edificación, montaje, mantención, explotación y venta de todo tipo de obras de Ingeniería Civil, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, mecánicas, mineras u obras públicas. - b) La contratación y construcción de todo tipo de viviendas económicas acogidas o no a las normas del D.F.L. No. 2 de 1959, quedando comprendidos en el giro de la sociedad, también todos los actos, contratos y negocios encaminados directamente a construcción de dichas viviendas y a la explotación de las mismas, incluso bajo forma de ventas, permutas u otros títulos traslaticios de dominio; c) Las adquisiciones de terrenos, materiales, equipos y elementos para realización de las edificaciones, los loteos y urbanización terrenos y cualquier otro acto o contrato relacionado con el giro social, sea que se celebren directamente o por medio propuestas del Ministerio de Obras Públicas o cualquiera otra institución, sea fiscal, semifiscal o municipal o a través contratos con personas naturales o jurídicas de derecho público o privado; d) La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; e) El arriendo, subarriendo, distribución, y comercio interno e internacional, por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de materiales, útiles, repuestos, instalaciones, vehículos, equipos, maquinarias, excedentes industriales u otros elementos afines; f) La sociedad podrá, además, invertir en bienes muebles, corporales e incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos.- Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en co-participación con terceros. - Capital es $5.000.000.-, dividido en 100 acciones de valor nominal de $50.000.- cada una, íntegramente suscrito y totalmente pagado. -Demás estipulaciones constan escritura extractada. - Antofagasta, 24 de Enero 2020
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalTOMAS FERNANDEZ GOMEZ, Notario Público Suplente, de la 2da Notaria de Antofagasta, con domicilio en calle Washington N. 2653 Antofagasta, Certifica: hoy ante mí por escritura pública otorgada hoy ante mí, doña DORIS DAISY GONZALEZ GODOY, con domicilio Antofagasta, calle Carriel Sur No.10.030, R.U.T. No. 9.683.675-9; y, PATRICIO HERNAN CURE VEGA, con domicilio en Antofagasta, Avenida Argentina No.02024, Coviefi, R.U.T. No.7.757.336-4; constituyeron Sociedad por Acciones denominada "CONSTRUCTORA B y G SpA"; domiciliada Antofagasta, con duración indefinida. - Objeto: a) La construcción, edificación, montaje, mantención, explotación y venta de todo tipo de obras de Ingeniería Civil, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, mecánicas, mineras u obras públicas. - b) La contratación y construcción de todo tipo de viviendas económicas acogidas o no a las normas del D.F.L. No. 2 de 1959, quedando comprendidos en el giro de la sociedad, también todos los actos, contratos y negocios encaminados directamente a construcción de dichas viviendas y a la explotación de las mismas, incluso bajo forma de ventas, permutas u otros títulos traslaticios de dominio; c) Las adquisiciones de terrenos, materiales, equipos y elementos para realización de las edificaciones, los loteos y urbanización terrenos y cualquier otro acto o contrato relacionado con el giro social, sea que se celebren directamente o por medio propuestas del Ministerio de Obras Públicas o cualquiera otra institución, sea fiscal, semifiscal o municipal o a través contratos con personas naturales o jurídicas de derecho público o privado; d) La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; e) El arriendo, subarriendo, distribución, y comercio interno e internacional, por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de materiales, útiles, repuestos, instalaciones, vehículos, equipos, maquinarias, excedentes industriales u otros elementos afines; f) La sociedad podrá, además, invertir en bienes muebles, corporales e incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos.- Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros. - Capital es $5.000.000.-, dividido en 100 acciones de valor nominal de $50.000.- cada una, íntegramente suscrito y totalmente pagado. -Demás estipulaciones constan escritura extractada. - Antofagasta, 24 de Enero 2020.