CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD DE TRANSPORTES CERRO AZUL SpA

RUT 6750672-6 CVE 1719810
Capital
$25.000 CLP
Duración
Indefinida

Instrumento

Notario
IGNACIO VIDAL DOMINGUEZ
Domicilio
Talca

Sociedad

Capital
$25.000 CLP
Domicilio
la ciudad de Talca
Duración
Indefinida

Objeto social

l objeto de la Sociedad será:Transporte por vía terrestre de todo tipo de carga, de todo tipo de bienes, por cuenta propia o ajena, dentro o fuera del territorio nacional en vehículo que la Sociedad disponga a cualquier título, así como la representación de servicios relacionados directa o indirectamente con lo anterior, sea en las actividades agrícolas, forestales, de la construcción, de comercio, industriales, y en general, de todo aquel que los socios acuerden sin limitación alguna

Administración

La administracióncorresponderá a don Antonio Bartolomé Bachelet, a doña María Alejandra Bartolomé Rodríguez y a doña Francisca Bartolomé Rodríguez,quienes podrán actuar individualmente cualesquiera de ellos, y anteponiendo a su firma la razón social, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo celebrar y ejecutar todos los actos, contratos y convenciones, cualquiera sea su naturaleza, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con la sola limitación respecto a doña María Alejandra Bartolomé Rodríguez y doña Francisca Bartolomé Rodríguez, que cada operación o acto jurídico que celebren, realicen o suscriban, no podrá exceder de la suma equivalente en pesos a 300 U.F. (trescientas unidades de fomento).No será necesario ni requisito esencial que los administradores sea ratificados por la Junta de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IGNACIO VIDAL DOMINGUEZ, Notario Público Titular de Talca, Uno Norte Nº 963, of.103 certifica: Que por escritura pública de hoy ante mí, don ANTONIO BARTOLOMÉ BACHELET, chileno, casado, Factor de Comercio, cédula de identidad número 6.750.672-6 domiciliado en 5 ½ poniente N°1925, departamento N°202 de la ciudad de Talca, Región del Maule; doña MARÍA ALEJANDRA BARTOLOMÉ RODRÍGUEZ, chilena, casada, periodista, cédula de identidad número 14.016.670-7, domiciliada en Llewellyn Jones N°1240, Depto. 606, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y doña FRANCISCA BARTOLOMÉ RODRÍGUEZ, chilena, divorciada, relacionadora pública, cédula de identidad número 15.908.029-3 domiciliada en 48 ½ oriente N°1094, de la ciudad de Talca, Región del Maule, acordaron constituir una sociedad por acciones denominada SOCIEDAD DE TRANSPORTES CERRO AZUL SpA, que se regirá por los siguientes estatutos: NOMBRE:El nombre será “SOCIEDAD DE TRANSPORTES CERRO AZUL SpA”, pudiendo usar para fines de propaganda el nombre de fantasía CERRO AZUL SpA. DOMICILIO:la ciudad de Talca, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. DURACIÓN: Indefinida, sin perjuicio de su disolución en los casos que la ley y estos estatutos establecen. OBJETO: l objeto de la Sociedad será:Transporte por vía terrestre de todo tipo de carga, de todo tipo de bienes, por cuenta propia o ajena, dentro o fuera del territorio nacional en vehículo que la Sociedad disponga a cualquier título, así como la representación de servicios relacionados directa o indirectamente con lo anterior, sea en las actividades agrícolas, forestales, de la construcción, de comercio, industriales, y en general, de todo aquel que los socios acuerden sin limitación alguna. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de$25.000.000 (veinticinco millones de pesos), dividido en veinticinco millones de acciones, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, las cuales serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado, según se indica en el artículo primero transitorio de la escritura extractada.ADMINISTRACIÓN:La administracióncorresponderá a don Antonio Bartolomé Bachelet, a doña María Alejandra Bartolomé Rodríguez y a doña Francisca Bartolomé Rodríguez,quienes podrán actuar individualmente cualesquiera de ellos, y anteponiendo a su firma la razón social, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo celebrar y ejecutar todos los actos, contratos y convenciones, cualquiera sea su naturaleza, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con la sola limitación respecto a doña María Alejandra Bartolomé Rodríguez y doña Francisca Bartolomé Rodríguez, que cada operación o acto jurídico que celebren, realicen o suscriban, no podrá exceder de la suma equivalente en pesos a 300 U.F. (trescientas unidades de fomento).No será necesario ni requisito esencial que los administradores sea ratificados por la Junta de Accionistas.El o los Administradores podrán ser o no accionista. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Talca 27.de Enero de 2020.