CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

KASALU PROPIEDADES SpA

RUT 15644686-6 CVE 1719922
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
22 de enero de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
22 de enero de 2020
Repertorio
1235/20120
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero
Duración
Indefinida
Ley aplicable
Ley 18.046

Objeto social

El objeto de la sociedad será el corretaje de propiedades; la compra, venta, arriendos, remates, permuta, manutención, regularización y administración de bienes inmuebles, urbanos o rurales, propios o ajenos, amoblados o no amoblados, como asimismo, la realización de toda clase de negocios inmobiliarios, pudiendo por cuenta propia o ajena, comprar, vender, gravar, arrendar y administrar toda clase de bienes inmuebles y las demás actividades o negocios que los accionistas acuerden en relación con el giro descrito. Capital y acciones: El capital de la sociedad será la cantidad de 500.000, dividido en 500 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal. El capital ha quedado totalmente suscrito y pagado en la siguiente proporción: ALEJANDRA VANESSA ROJAS JARA, con 350 acciones, correspondientes a $350.000; MATÍAS ALBERTO AYUB PLAZA, con 75 acciones correspondientes a $75.000; y PABLO ANDRES ALONSO GUERRERO, con 75 acciones correspondientes a $75.000

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JEAN JACQUES DUTREY OSSA, abogado, Notario Suplente de Luís Ignacio Manquehual Mery Titular de la Octava Notaría de Santiago, ambos domiciliados en calle Huérfanos 941, OFICINA 302, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Por Escritura Pública de fecha 22 de enero de 2020, Repertorio 1235/20120, ante Titular, las socias de KASALU CORREDORA DE PROPIEDADES LIMITADA, inscrita a fojas 75.637 número 37.056 del Registro de Comercio del Conservador de Santiago del año 2019, NICOLE MARIA LETELIER BELLALTA, C.I. 15.644.686-6, Mar del Plata N°2060, dpto. 705, Providencia, Región Metropolitana; y ALEJANDRA VANESSA ROJAS JARA, C.I 15.366.044-1, Camino del Roble N°1459, Huechuraba, Región Metropolitana, modificaron la sociedad, en siguientes términos: NICOLE MARIA LETELIER BELLALTA, vende, cede y transfiere a ALEJANDRA VANESSA ROJAS JARA, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 40% de sus derechos sociales. El precio de la cesión asciende a la suma única y total de $175.000, pagada en el acto, al contado y en dinero efectivo, declarando la vendedora haber recibido dicha suma en este acto y a su entera conformidad; NICOLE MARIA LETELIER BELLALTA, vende, cede y transfiere a MATÍAS ALBERTO AYUB PLAZA, C.I 15.643.165-6, Altos del Carmen N°1475, casa A1, Huechuraba, Región Metropolitana, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 30% de sus derechos sociales. El precio de la cesión asciende a la suma única y total de $37.500, pagada en el acto, al contado y en dinero efectivo, declarando la vendedora haber recibido dicha suma en este acto y a su entera conformidad; y NICOLE MARIA LETELIER BELLALTA, vende, cede y transfiere a PABLO ANDRES ALONSO GUERRERO, C.I.15.367.560-0, Cristal de Abelli N°3021, Las Condes, Región Metropolitana, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 30% de sus derechos sociales. El precio de la cesión asciende a la suma única y total de $37.500, pagada en el acto, al contado y en dinero efectivo, declarando la vendedora haber recibido dicha suma en este acto y a su entera conformidad. Quedan como únicos socios de KASALU CORREDORA DE PROPIEDADES LIMITADA, ALEJANDRA VANESSA ROJAS JARA, con un 70% del total de los derechos sociales; MATÍAS ALBERTO AYUB PLAZA con un 15% del total los derechos sociales; y PABLO ANDRES ALONSO GUERRERO con un 15% del total los derechos sociales, quienes por en el mismo acto la transforman en una sociedad por acciones, la que se regirá por los artículo 424 y siguientes del Código de Comercio y supletoriamente por las disposiciones de la Ley 18.046 y su reglamento, y por el siguiente estatuto: Razón Social: La razón social será “KASALU PROPIEDADES SPA”, sin perjuicio de lo cual podrá actuar ante toda clase de instituciones, especialmente bancos e instituciones financieras, con el nombre de fantasía “KASALU SPA”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será el corretaje de propiedades; la compra, venta, arriendos, remates, permuta, manutención, regularización y administración de bienes inmuebles, urbanos o rurales, propios o ajenos, amoblados o no amoblados, como asimismo, la realización de toda clase de negocios inmobiliarios, pudiendo por cuenta propia o ajena, comprar, vender, gravar, arrendar y administrar toda clase de bienes inmuebles y las demás actividades o negocios que los accionistas acuerden en relación con el giro descrito. Capital y acciones: El capital de la sociedad será la cantidad de 500.000, dividido en 500 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal. El capital ha quedado totalmente suscrito y pagado en la siguiente proporción: ALEJANDRA VANESSA ROJAS JARA, con 350 acciones, correspondientes a $350.000; MATÍAS ALBERTO AYUB PLAZA, con 75 acciones correspondientes a $75.000; y PABLO ANDRES ALONSO GUERRERO, con 75 acciones correspondientes a $75.000. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. /rdm.