INVERSIONES SANTA LUCÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2019
- Notario
- VERONICA TORREALBA COSTABAL
- Oficio
- 33° Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.578.408 CLP
- Domicilio
- Su domicilio estatutario será en la ciudad de La Serena, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y
- Duración
- La Sociedad tendrá una duración de cincuenta años, contados desde su constitución, esto es, desde el veintiocho de Junio del año dos mil dos, plazo renovable tácita y sucesivamente por periodos iguales de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso, la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con una anticipación de, a lo menos, seis meses a la fecha que expire el plazo inicial o cualquiera de sus prórrogas; /v/
Objeto social
El objeto de la sociedad será la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, e cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio o de dominio o sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes, y en general todo otro negocio que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, y cualquier otro negocio que los socios acordaren; iii)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente de la 33° Notaría Santiago, con domicilio en calle Huérfanos 979 Of. 501, certifica: Por escritura pública de fecha 31 de Diciembre de 2019, comparecieron ante mí, doña LORENA LUCY RENDIC VLADISLAVIC, cédula de identidad número 9.339.993-5, doña LUCÍA VLADISLAVIC BRTICEVIC, cédula de identidad número 5.188.654-2, por sí y en representación, de LV INVERSIONES SpA, Rol Único Tributario Número 77.038.956-9, doña MARÍA CECILIA RENDIC VLADISLAVIC cédula de identidad número 5.887.905-3, por sí y en representación, de JR INVERSIONES SpA Rol Único Tributario Número 77.038.961-5, y don YERKO AGUSTÍN RENDIC VLADISLAVIC cédula de identidad número 5.856.488-5, por sí y en representación de RC INVERSIONES SpA Rol Único Tributario Número 77.038.959-3, todos con domicilio en Las Hortensias N° 2.710, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, vienen en modificar y transformar la sociedad INVERSIONES SANTA LUCÍA LIMITADA, la que figura inscrita a fojas 432, N° 296, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena correspondiente al año 2002, cambios que consisten en: I. Modificación Artículo Quinto. – /Uno/ doña LUCÍA VLADISLAVIC BRTICEVIC aportó en LV INVERSIONES SpA, los derechos de los que era titular en INVERSIONES SANTA LUCÍA LIMITADA; /Dos/ doña MARÍA CECILIA RENDIC VLADISLAVIC aportó en JR INVERSIONES SpA, los derechos de los que era titular en INVERSIONES SANTA LUCÍA LIMITADA. /Tres/ don YERKO AGUSTÍN RENDIC VLADISLAVIC aportó en RC INVERSIONES SpA, los derechos de los que era titular en INVERSIONES SANTA LUCÍA LIMITADA. Como consecuencia de los aportes recién anunciados, los socios vienen en modificar el artículo quinto de los estatutos sociales, cuyo texto definitivo es el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. – El capital social asciende a la suma de $10.578.408.- aportando por los socios en las siguientes proporciones: i) doña LORENA LUCY RENDIC VLADISLAVIC, aporta la suma de $2.644.602.-, equivalentes al 25% de los derechos sociales; ii) LV INVERSIONES SpA, aporta la suma de $2.644.602, equivalentes al 25% de los derechos sociales; iii) JR INVERSIONES SpA, aporta la suma de $2.644.602, equivalentes al 25% de los derechos sociales; y iv) RC INVERSIONES SpA, aporta la suma de $2.644.602, equivalentes al 25% de los derechos sociales”. II. Transformar la Sociedad. Transformar la Sociedad mediante el cambio de especie o tipo social de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, en una sociedad por acciones, cuyos estatutos son los siguientes: i) Razón Social: “INVERSIONES SANTA LUCÍA SpA”; ii) Objeto: El objeto de la sociedad será la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, e cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio o de dominio o sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes, y en general todo otro negocio que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, y cualquier otro negocio que los socios acordaren; iii) Domicilio: Su domicilio estatutario será en la ciudad de La Serena, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados; iv) Duración: La Sociedad tendrá una duración de cincuenta años, contados desde su constitución, esto es, desde el veintiocho de Junio del año dos mil dos, plazo renovable tácita y sucesivamente por periodos iguales de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso, la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con una anticipación de, a lo menos, seis meses a la fecha que expire el plazo inicial o cualquiera de sus prórrogas; v) Capital: El capital social asciende a la suma de $10.578.408, dividido en 10.578.408, todas nominativas, de igual valor cada una de ellas, de una misma y única serie, y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 7 de Enero 2020.