MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

AGRICOLA JUAN CARLOS NAVARRO SILVA E.I.R.L.

RUT 76379606-K CVE 1719781
Fecha instrumento
7 de enero de 2020

Instrumento

Fecha
7 de enero de 2020
Repertorio
66-2020

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CHARLES DE LA HARPE PALMA, Notario Pùblico de Temuco, Suplente del Titular don CARLOS ALARCON RAMIREZ, Temuco, Claro Solar 831, Certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, hoy, anotada bajo el repertorio Nº66-2020. don JUAN CARLOS ALBERTO NAVARRO SILVA, C.I.6.866.857-3, chileno, ingeniero agrónomo, 67 años de edad, divorciado, domiciliado en calle Barros Arana N°545, torre 2, departamento 23, en el condominio plaza club, de la ciudad de Temuco, mayor de edad, modificó AGRICOLA JUAN CARLOS NAVARRO SILVA E.I.R.L., constituida con fecha quince de marzo del año dos mil catorce, Repertorio mil cuatrocientos veintiséis guión dos mil catorce, la que se inscribió a fojas seiscientos setenta y nueve número cuatrocientos ochenta y cinco en el Registro de Comercio de Temuco del año dos mil catorce, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial de fecha treinta y uno de marzo del mismo año, viene en introducir las siguientes modificaciones al estatuto social, como sigue: a) cambia el nombre de la empresa quedando como: “AGRICOLA, CONSTRUCTORA Y COMERCIALIZADORA DE EQUIPOS E INSUMOS AGRICOLAS JUAN CARLOS NAVARRO SILVA E.I.R.L.”, pudiendo usar como nombre o denominación de fantasía "ENERGÍA PARA EL AGRO E.I.R.L.", b) Se modifica el objeto social, ampliándolo y modificando su orden, quedando en definitiva: f) La compra, venta, importación, exportación, comercialización e industrialización de todos los insumos, equipos relacionados con el agro, incluyendo aquellos equipos relacionados con la energía renovable no convencional; y g) La construcción de bodegas, casetas de protección de equipos, y de sistemas de riego y de sistemas de energía convencional y no convencional. En consecuencia, la cláusula cuarta del contrato, relativa al objeto, queda como sigue: CUARTO: El objeto o giro de la empresa será: a) La actividad agrícola, hortofrutícola, ganadera, forestal e industrial relacionada con el agro; b) La compra, venta, importación, exportación, comercialización e industrialización de todos los insumos, bienes y productos relacionados con la actividad agrícola; c) La compraventa de animales vacunos, caprinos, etcétera; d) El transporte en vehículos propios o de terceros de cualquier bien de su propia producción o no; e) Servicios profesionales relacionados a la actividad agrícola; f) La compra, venta, importación, exportación, comercialización e industrialización de todos los insumos, equipos relacionados con el agro, incluyendo aquellos equipos relacionados con la energía renovable no convencional; y g) La construcción de bodegas, casetas de protección de equipos, y de sistemas de riego y de sistemas de energía convencional y no convencional h) El desarrollo de cualquier actividad conexa o complementaria de los giros mencionados. c) En lo no modificado queda inalterable el pacto constitutivo de la empresa. Demás estipulaciones constan en la escritura pública extractada. - Doy Fe.- Temuco, 07 de Enero del año 2020.