Grupo Hermanos Boetsch Domínguez SpA
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2019
- Notario
- Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $451.429.561 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogado, Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, con oficio en La concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura Pública de fecha 30 de diciembre de 2019, ante mí: Inversiones HBD Limitada, representada, domiciliada en calle María Izquierdo Phillips número 13.366, Lo Barnechea, Santiago, la anterior en calidad de único y actual accionista según registro que he tenido a la vista de Grupo Hermanos Boetsch Domínguez SpA, inscrita Fojas 7699, Nº4189, del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2019, acordaron aumento de capital y modificación de la sociedad en los siguientes términos: I. Aumento de Capital: Acordaron aumentar el capital de la suma de $451.429.561, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, íntegramente suscritas y pagadas, en la cantidad de $1.010.000.000, representados por 2.237 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, y de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas, quedando en definitiva el capital de la sociedad Grupo Hermanos Boetsch Domínguez SpA en la suma de $1.461.429.561, representado por 3.237 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, y de igual valor cada una. II. Modificación de Estatutos: Como consecuencia de lo anterior, el accionista acuerda modificar el Artículo Quinto del pacto social: “Artículo Quinto: El capital social es la suma única y total de $1.461.429.561, dividido en 3.237 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, y de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas conforme a lo establecido en el Artículo Segundo Transitorio de los estatutos sociales.” En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes las demás estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 20 de enero de 2020.-