MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD DE TELECOMUNICACIONES Y SERVICIOS SpA

RUT 76224056-4 CVE 1718213
Notaría
Santiago

Instrumento

Notario
GABRIEL FERRAND MIRANDA
Domicilio
Valparaíso
Comuna
Santiago

Administración

Articulo Décimo. La administración y representación de la sociedad corresponderá exclusivamente a don PABLO MATÍAS POMBO PAJOR. B) En todo lo no expresamente modificado, sigue rigiendo inalterado el pacto social original que consta de la escritura pública de constitución de fecha cinco de septiembre del año dos mil doce otorgada ante el notario de Santiago, don ALBERTO MOZO AGUILAR, titula de la Cuadragésima Notaría de Santiago, repertorio número 7.020/2012

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GABRIEL FERRAND MIRANDA, abogado, Notario Público Interino de Valparaíso, con oficio en calle Prat 829, certifica; Que por escritura pública hoy ante mi, bajo el Repertorio número 232/2020 don PABLO MATÍAS POMBO PAJOR, argentino, casado, empresario, cédula de identidad número 21.304.222-K, domiciliado calle Portugal número 451, comuna de Santiago, debidamente facultado procedió a modificar los estatutos sociales de la Sociedad denominada “SOCIEDAD DE TELECOMUNICACIONES Y SERVICIOS SPA”, cuyo extracto social, fue inscrito en el Registro de Comercio del año Dos mil Doce a cargo del Señor Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Valparaíso a fojas mil treinta y tres Número mil veinte del mismo año, en su calidad de ser el único accionista de la mencionada sociedad, en los siguientes términos: A) TITULO TERCERO DE LA ADMINISTRACIÓN. Articulo Décimo. La administración y representación de la sociedad corresponderá exclusivamente a don PABLO MATÍAS POMBO PAJOR. B) En todo lo no expresamente modificado, sigue rigiendo inalterado el pacto social original que consta de la escritura pública de constitución de fecha cinco de septiembre del año dos mil doce otorgada ante el notario de Santiago, don ALBERTO MOZO AGUILAR, titula de la Cuadragésima Notaría de Santiago, repertorio número 7.020/2012. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Valparaíso, 16 de Enero del 2020.-