SOCIEDAD COMERCIAL Y DE TRANSPORTES TERRANOVA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de agosto de 1996
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- 10ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público 10ª Notaría Santiago, Calle Agustinas 1235, Piso 2, comuna de Santiago, certifico que, por escritura pública hoy ante mí MARCO ANTONIO ABARZUA BASOALTO, mecánico, Buin 450, Parral; JAIME ANTONIO ABARZUA RUIZ, comerciante, Buin 450, Parral; RICARDO HERNAN ABARZUA RUIZ, Constructor Civil, Nueva Uno, San Bernardo; y MARIO REINALDO BRAVO RUIZ, Ingeniero Agrónomo, Mario Mujica 425, Parral; cedieron derechos y modificaron sociedad de responsabilidad limitada con razón social “SOCIEDAD COMERCIAL Y DE TRANSPORTES TERRANOVA LIMITADA”, que puede actuar con el nombre de fantasía “EMPRESAS TERRANOVA LTDA.”, la que se constituyó por escritura pública de 27 de agosto de 1996, otorgada ante don Joaquín Tejos Henríquez, Notario Público y Conservador de Comercio y Minas, Titular de la Segunda Notaría de Parral, cuyo extracto se inscribió a fojas 48 vuelta, número 39, en el Registro de Comercio del año 1996, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Parral y Retiro; y se publicó, además, en el Diario Oficial de la República de Chile, edición 35.561, de fecha 06 de septiembre de mil novecientos noventa y seis; en siguientes aspectos: MARCO ANTONIO ABARZUA BASOALTO, vende, cede y transfiere a RICARDO HERNAN ABARZUA RUIZ, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 25% de los derechos sociales en la suma de $500.000, pagados en dinero efectivo forma que señala el contrato. Asimismo, MARIO REINALDO BRAVO RUIZ vende, cede y transfiere a RICARDO HERNAN ABARZUA RUIZ, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 25% de los derechos sociales en la suma de $500.000, pagados en dinero efectivo forma que señala el contrato. Seguidamente, actuales y únicos socios, señores JAIME ANTONIO ABARZUA RUIZ, titular del 25% de los derechos sociales, y RICARDO HERNAN ABARZUA RUIZ, titular del 75% de los derechos sociales, acuerdan sustituir cláusula quinta de los estatutos sociales, referida a la administración y uso de la razón social, por nuevo texto que señala que aquella corresponderá exclusivamente al socio RICARDO HERNAN ABARZUA RUIZ, con amplias facultades. En lo no modificado, socios ratifican estatutos sociales vigentes. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Santiago, 17 de diciembre de 2019.-