CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES AGS LIMITADA

CVE 1717711
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de diciembre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
23 de diciembre de 2019
Notario
MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA
Oficio
21 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
El plazo de duración de la sociedad será de 20 años, plazo que se entenderá automáticamente prorrogado por periodos iguales y sucesivos de 10 años, según escritura extractada

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) Promover, organizar y desarrollar toda clase de actividades económicas; b) Invertir en la formación de sociedades de cualquier orden jurídico, formar parte de las mismas e ingresar a otras ya constituidas, pudiendo incluso, ejercer la administración en cualquiera de ellas; c) La inversión de toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, valores, instrumentos financieros, efectos de comercio y en derechos de otras sociedades; y, d) La ejecución de todos los actos y contratos que digan relación con lo expresado en la presente cláusula.- ADMINISTRACIÓN Y USO

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular, 21 Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 23/12/2019, Repertorio número 24.938/2019, ante mí, Don ANDRÉS EDUARDO GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, y, don ANDRÉS SIMÓN GUTIÉRREZ CROCCO; ambos domiciliados, para estos efectos, en Benjamín Labbé Nº 332, comuna de Peñaflor, Región Metropolitana, mayores de edad, vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada: RAZÓN SOCIAL: “INVERSIONES AGS LIMITADA” pudiendo actuar, para efectos publicitarios y ante terceros, bajo el nombre de fantasía de “AGS LTDA.”. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) Promover, organizar y desarrollar toda clase de actividades económicas; b) Invertir en la formación de sociedades de cualquier orden jurídico, formar parte de las mismas e ingresar a otras ya constituidas, pudiendo incluso, ejercer la administración en cualquiera de ellas; c) La inversión de toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, valores, instrumentos financieros, efectos de comercio y en derechos de otras sociedades; y, d) La ejecución de todos los actos y contratos que digan relación con lo expresado en la presente cláusula.- ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Corresponderá separada e indistintamente a don ANDRÉS EDUARDO GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ y a don ANDRÉS SIMÓN GUTIÉRREZ CROCCO, amplias facultades señaladas en escritura extractada. CAPITAL: $1.000.000.- que los socios aportan y enteran en la siguiente forma: Uno) ANDRÉS EDUARDO GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ aporta la suma de $700.000, equivalente al 70% del capital social; y, Dos) ANDRÉS SIMÓN GUTIÉRREZ CROCCO aporta la suma de $300.000, equivalente al 30% del capital social. Todos los aportes se enteran en este acto en dinero en efectivo en la caja social.- RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN: El plazo de duración de la sociedad será de 20 años, plazo que se entenderá automáticamente prorrogado por periodos iguales y sucesivos de 10 años, según escritura extractada. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o en el extranjero.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Enero 22 de 2020. nrs.