INMOBILIARIA MASAI MARA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de noviembre de 2019
- Notario
- Notario Suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.617.349.855 CLP
- Domicilio
- la parte de la provincia de Santiago sobre la que tiene jurisdicción el Conservador de Comercio de Santiago
- Duración
- La duración de la sociedad será de 50 años, contados desde la fecha de la escritura extractada, y se prorrogará en forma automática por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante declaración por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Conservador de Comercio respectivo, a lo menos 3 meses antes del vencimiento del período original de vigencia de la misma o de cualquiera de las prórrogas que se encontrare en curso; Representación, Administración y Uso
Objeto social
La sociedad tiene por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMANUEL RAMIREZ ESCOBAR, Abogado, Notario Suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular 34 Notaría Santiago, domiciliado Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifico: por escritura pública de 29 de noviembre de 2019, ante el Notario Titular don Eduardo Diez Morello, INVERSIONES GALWAY LIMITADA e INVERSIONES GOLFO DE PENAS LIMITADA, ambos domiciliados, para estos efectos, en Avenida El Golf N°40, oficina 804, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada INVERSIONES BULLISH LIMITADA (inscrita a Fs. 52.919 N° 38.908 Reg. Comercio Stgo. 2011), aprobando la división de esta sociedad, con efecto y vigencia a partir del 1 de diciembre de 2019. Como consecuencia de esta división, continúa la actual INVERSIONES BULLISH LIMITADA con las reformas de estatutos que se consignan en extracto separado, y se constituye a partir de ésta una nueva sociedad de responsabilidad limitada denominada INMOBILIARIA MASAI MARA LIMITADA, cuyos estatutos extracto a continuación: Socios: INVERSIONES GALWAY LIMITADA e INVERSIONES GOLFO DE PENAS LIMITADA, ambos domiciliados, para estos efectos, en Avenida El Golf N°40, oficina 804, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; Razón Social: INMOBILIARIA MASAI MARA LIMITADA; Domicilio: la parte de la provincia de Santiago sobre la que tiene jurisdicción el Conservador de Comercio de Santiago, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales, oficinas o representaciones en el resto del país o en el extranjero; Objeto: La sociedad tiene por objeto: /a/ efectuar inversiones en bienes inmuebles, corporales o incorporales, urbanos o rurales; administrarlos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos; pudiendo al efecto, dividirlos, lotearlos, urbanizarlos, efectuar construcciones en ellos, y arrendarlos, subarrendarlos, darlos en usufructo o cualquier otra forma de cesión temporal, amoblados o con instalaciones, o no amoblados; /b/ efectuar inversiones en bienes muebles, corporales o incorporales, acciones de sociedades, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios; administrarlos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos; y c) en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados o al desarrollo de la actividad de la Sociedad; Capital: $2.617.349.855, que se da por íntegramente pagado con cargo a la parte del capital de INVERSIONES BULLISH LIMITADA que se asigna a la sociedad con motivo de la división de INVERSIONES BULLISH LIMITADA. A cada socio le corresponde la siguiente cantidad y proporción del capital social: a) INVERSIONES GALWAY LIMITADA, $1.963.012.391, representativos del 75% del capital social; y b) INVERSIONES GOLFO DE PENAS LIMITADA, $654.337.464, representativos del 25% del capital social; Responsabilidad Socios: limitada al monto de sus respectivos aportes; Duración: La duración de la sociedad será de 50 años, contados desde la fecha de la escritura extractada, y se prorrogará en forma automática por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante declaración por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Conservador de Comercio respectivo, a lo menos 3 meses antes del vencimiento del período original de vigencia de la misma o de cualquiera de las prórrogas que se encontrare en curso; Representación, Administración y Uso Razón Social: corresponderán al socio INVERSIONES GALWAY LIMITADA.- Santiago, 22 de enero de 2020.- Manuel Ramírez Escobar. Notario Suplente.-