CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

GRUPO GARCIA PEÑA Y MUJICAS LIMITADA

CVE 1717829
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
21 de enero de 2020
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
21 de enero de 2020
Notario
ZUNILDA VITALIA SUAZO CASTILLO
Domicilio
Concepción

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP
Domicilio
Concepción, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero
Duración
5 años a contar de la fecha de la presente escritura, prorrogable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años

Objeto social

Desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) Importación, Comercialización y Distribución de productos de belleza, incluyendo calzados, prendas de vestir, artículos de perfumería, tocador, cosméticos y artículos de joyería; b) Venta y Arriendo de vehículos motorizados, herramientas y maquinaria; c) Peluquería, Spa, Manicure y Pedicure; d) Boutique; e) Operaciones inmobiliarias, como compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción de bienes raíces, urbanización de bienes raíces urbanos y rurales, por cuenta propia o ajena, administrar, mantener, explotar de cualquier forma bienes raíces por sí o para terceros; f) Importación, Comercialización, Distribución y Venta de motos, bicicletas y sus accesorios; g) Taller Mecánico Automotriz; h) Importación y exportación de bebidas alcohólicas, Depósito de licores, Botillería, Pub y Discoteque; i) Importación y exportación de Alimentos y accesorios para mascotas, farmacia veterinaria, peluquería canina; j) Diseño, impresión de publicidad y asesoría de imagen; k)Efectuar y desarrollar toda clase de asesorías financieras y comerciales; l) Supermercado, mini market y rotisería, bar restaurant; m) Administrar y participar en compañías que tengan relación con el objeto social, adquirir e invertir en toda clase de bienes raíces, muebles o valores mobiliarios y efectos de comercio y obtener rentas o beneficios de ellos y, en general, cualquier otra actividad que los socios acuerden en relación al objeto social; y n)en general cualquier otra actividad lícita y cualquier otro negocio que los socios acuerden. Administración y Uso del

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ZUNILDA VITALIA SUAZO CASTILLO, abogado, Notario Público de Concepción, suplente del notario interino don José Humberto Miguel Salazar Rivera, con oficio en Barros Arana 971, local 24, certifico: Por escritura pública, de fecha 21 de enero de 2020, ante mí, DIEGO VÍCTOR-ANDRES PEÑA ARÉVALO, chileno, soltero, ingeniero en finanzas, C.I.Nº17.607.431-0, domiciliado en Barros Arana Nº1601, depto. 81, Concepción; FREDERIC MICHEL GARCÍA GARCÍA, venezolano, soltero, ingeniero comercial, C.I.Nº26.236.989-7, pasaporte venezolana Nº146690486, domiciliado en avenida Paicaví Nº1145, 2ºPiso, Concepción; DARIANNY KATHERIN MUJICA SUAREZ, venezolana, soltera, administradora, C.I.Nº26.249.454.-3, Pasaporte Nº104656392, domiciliada en avenida Paicaví Nº1145, 2ºpiso, Concepción; y ROXANA ZAIDEL MUJICA MEDINA, venezolana, soltera, administradora, C.I.Nº27.12.998-6, domiciliada en Barros Arana Nº1601, departamento 81, Concepción; vienen en constituir una sociedad de responsabilidad Limitada cuyos estatutos son los siguientes: Razón social: "GRUPO GARCIA PEÑA Y MUJICAS LIMITADA", Nombre fantasía: “ROX & DAR LIMITADA”.- Domicilio: Concepción, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Duración: 5 años a contar de la fecha de la presente escritura, prorrogable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años. Objeto. Desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) Importación, Comercialización y Distribución de productos de belleza, incluyendo calzados, prendas de vestir, artículos de perfumería, tocador, cosméticos y artículos de joyería; b) Venta y Arriendo de vehículos motorizados, herramientas y maquinaria; c) Peluquería, Spa, Manicure y Pedicure; d) Boutique; e) Operaciones inmobiliarias, como compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción de bienes raíces, urbanización de bienes raíces urbanos y rurales, por cuenta propia o ajena, administrar, mantener, explotar de cualquier forma bienes raíces por sí o para terceros; f) Importación, Comercialización, Distribución y Venta de motos, bicicletas y sus accesorios; g) Taller Mecánico Automotriz; h) Importación y exportación de bebidas alcohólicas, Depósito de licores, Botillería, Pub y Discoteque; i) Importación y exportación de Alimentos y accesorios para mascotas, farmacia veterinaria, peluquería canina; j) Diseño, impresión de publicidad y asesoría de imagen; k)Efectuar y desarrollar toda clase de asesorías financieras y comerciales; l) Supermercado, mini market y rotisería, bar restaurant; m) Administrar y participar en compañías que tengan relación con el objeto social, adquirir e invertir en toda clase de bienes raíces, muebles o valores mobiliarios y efectos de comercio y obtener rentas o beneficios de ellos y, en general, cualquier otra actividad que los socios acuerden en relación al objeto social; y n)en general cualquier otra actividad lícita y cualquier otro negocio que los socios acuerden. Administración y Uso del Nombre: Corresponderá a los siguientes socios, don Diego Víctor-Andres Peña Arévalo, y don Frederic Michel García García, quienes la podrán ejercer solo de manera conjunta.- Del capital: $20.000.000, aportados de la siguiente manera: UNO) Diego Víctor-Andres Peña Arévalo, se obliga a enterar el equivalente al 25% del capital social, siendo la suma de $5.000.000, aportado en el acto en dinero efectivo a la caja social; DOS) don Frederic Michel García García, se se obliga a enterar el equivalente al 25% del capital social, siendo la suma de $5.000.000, aportado en el acto en dinero efectivo a la caja social; TRES) doña Darianny Katherin Mujica Suarez, se obliga a enterar el equivalente al 25% del capital social, siendo la suma de $5.000.000, aportado en el acto en dinero efectivo a la caja social; y CUATRO) Roxana Zaidel Mujica Medina, se obliga a enterar el equivalente al 25% del capital social, siendo la suma de $5.000.000, aportado en el acto en dinero efectivo a la caja social. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, 24 de enero de 2020.