MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES SANTA ANA LIMITADA

RUT 96597130-0 CVE 1717611
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de noviembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de noviembre de 2019
Notario
ALBERTO MOZO AGUILAR
Oficio
Cuadragésima Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO MOZO AGUILAR, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Notaría Santiago, con Oficio ubicado en calle Teatinos N°332, Comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 29 de noviembre del año 2019, ante mi suplente, don RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, abogado, doña ANA MARÍA ERRAZURIZ VERGARA; don FERNANDO JOSÉ SALINAS ERRÁZURIZ, don GUILLERMO SALINAS ERRÁZURIZ, don PABLO SALINAS ERRÁZURIZ, don JOSÉ TOMAS SALINAS ERRÁZURIZ, doña ANA MARÍA SALINAS ERRÁZURIZ, doña PILAR SALINAS ERRÁZURIZ, doña MARÍA CECILIA SALINAS ERRÁZURIZ, doña MARÍA MAGDALENA SALINAS ERRÁZURIZ, la sociedad NIETSAL SpA, representada por don Fernando José Salinas Errázuriz, y la sociedad INVERSIONES SE LIMITADA, representada por don Fernando José Salinas Errázuriz y don Pablo Salinas Errázuriz, todos domiciliados en Avenida Presidente Kennedy N°9070, oficina 1501, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, celebraron “Da cuenta de hecho que indica y modificación de estatutos sociales SOCIEDAD DE INVERSIONES SANTA ANA LIMITADA”; sociedad inscrita a fojas 1554 número 724, Reg. Com. CBR de Santiago, año 1991, y acordaron: I. HECHO QUE INDICA. Dar cuenta del fallecimiento del socio don FERNANDO JOSÉ SALINAS ACUÑA (Q.E.P.D.), cuya Posesión Efectiva se encuentra inscrita a fojas 57.515 número 83.522, Reg. Prop. CBR de Santiago, año 2019, y de la posterior liquidación de la comunidad hereditaria quedada a su muerte, en virtud de la cual se adjudicaron los derechos sociales de los que era dueño y que correspondían al 31% del total de los derechos sociales. II. MODIFICACIONES SOCIALES. Como consecuencia de lo señalado, para adecuar los estatutos sociales a su nueva realidad, los socios modificaron la cláusula relativa al capital social, reemplazándola por la del siguiente tenor extractado: “El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000, íntegramente pagados y enterados en caja social con anterioridad a esta fecha, y que se distribuye entre los socios en las siguientes proporciones: a) la sociedad INVERSIONES SE LIMITADA, aporta la suma de $2.200.000, equivalentes al 22% del total de los derechos sociales; b) doña ANA MARÍA ERRÁZURIZ VERGARA, aporta la suma de $4.000.000, equivalentes al 40% del total de los derechos sociales; c) la sociedad NIETSAL SpA, aporta la suma de $3.000.000, correspondientes al 30% del total de los derechos sociales; d) don FERNANDO SALINAS ERRÁZURIZ, aporta la suma de $100.000, correspondientes al 1% del total de los derechos sociales; e) don GUILLERMO SALINAS ERRÁZURIZ, aporta la suma de $100.000, correspondientes al 1% del total de los derechos sociales; f) don PABLO SALINAS ERRÁZURIZ, aporta la suma de $100.000, correspondientes al 1% del total de los derechos sociales; g) don JOSÉ TOMÁS SALINAS ERRÁZURIZ, aporta la suma de $100.000, correspondientes al 1% del total de los derechos sociales; h) doña ANA MARÍA SALINAS ERRÁZURIZ, aporta la suma de $100.000, correspondientes al 1% del total de los derechos sociales; i) doña PILAR SALINAS ERRÁZURIZ, aporta la suma de $100.000, correspondientes al 1% del total de los derechos sociales; j) doña MARÍA CECILIA SALINAS ERRÁZURIZ, aporta la suma de $100.000, correspondientes al 1% del total de los derechos sociales; y, k) doña MARÍA MAGDALENA SALINAS ERRÁZURIZ, aporta la suma de $100.000, correspondientes al 1% del total de los derechos sociales.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Stgo., 08 de Enero de 2020. A. Mozó A. Notario Público.